
N.º 17, martes 27 de enero de 2004
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Vivienda y Asuntos Sociales
501
RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2003, del Viceconsejero de Vivienda, por la que se modifica el importe global consignado para las ayudas para la promoción de la implantación y de la mejora de los sistemas de gestión de la calidad de las empresas del sector de la edificación residencial de la comunidad autónoma del País Vasco, programa Eraikal Seis.
La Orden de 1 de octubre de 2003, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales por la que se regulan las ayudas para la promoción de la implantación y de la mejora de los sistemas de gestión de las calidades las empresas del sector de la edificación residencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, Programa Eraikal Seis, en su artículo primero, apartado tercero, segundo párrafo, establece: "“El citado importe global podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, y, con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Vivienda."
Una vez examinadas las solicitudes presentadas en la convocatoria del programa Eraikal Seis, y de conformidad con lo anteriormente expuesto.
RESUELVO:
Primero.- Modificar, incrementándolo, el importe global consignado para las Ayudas a la promoción de la implantación y de la mejora de los sistemas de gestión de la calidad en las empresas del sector de la edificación residencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la cantidad de doscientos noventa y siete mil quinientos treinta y tres euros (297.533 euros), siendo el importe total resultante de un millón noventa y siete mil quinientos treinta y tres euros (1.097.533 euros) con la siguiente distribución plurianual:
2003: 109.753,30 euros
2004: 636.569,14 euros
2005: 351.210,56 euros
Segundo: La imputación de las subvenciones resultantes de la adjudicación del programa Eraikal se realizará con cargo a las partidas presupuestarias habilitadas por la Ley 8/2002, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos generales de la CAE para 2003, dentro del programa de vivienda 4312 y con cargo al vinculante presupuestario legal de los artículos 75 y 71.
La presente Resolución es definitiva y no agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso de alzada ante el Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 12 de diciembre de 2003.
El Viceconsejero de Vivienda,
JOSE JAVIER DEAN PINEDO.
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