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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 7, martes 13 de enero de 2004


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Otras Disposiciones

Vivienda y Asuntos Sociales
132

ORDEN de 12 de noviembre de 2003, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre declaracion del casco histórico de Orbiso como area de rehabilitacion integrada.

El artículo 17 del Decreto del Gobierno Vasco 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado, establece como requisitos para la declaración de un conjunto como Area de Rehabilitación Integrada, tanto la publicación del correspondiente acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico correspondiente, como la constitución de una Sociedad Urbanística de Rehabilitación por las Corporaciones Locales afectadas.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de 5 de febrero de 2003, se ha publicado la Orden Foral 1277/2002, de 24 de diciembre, a través de la cual se otorga la aprobación definitiva al expediente del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Orbiso de Campezo.

La publicación en el Boletín Oficial del País Vasco se entiende hecha mediante la presente Orden.

Así mismo, el Ayuntamiento de Campezo se encuentra incorporado a la Sociedad Urbanística de Rehabilitación ARABARRI.

Se desprende de todo ello que concurren, en relación con el Casco Histórico de Orbiso de Campezo, los requisitos exigidos por el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para proceder a la declaración de tal conjunto como Area de Rehabilitación Integrada.

Vista la legislación aplicable,

DISPONGO:

Declarar el Casco Histórico de Orbiso de Campezo como Area de Rehabilitación Integrada de acuerdo con la delimitación recogida en el Plan Especial de Rehabilitación Integrada del mismo, aprobado mediante la Orden Foral 1277/2002, de 24 de diciembre y que figura como plano anexo a la presente Orden.

Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta.

Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2003.

El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales,

JAVIER MADRAZO LAVÍN.


Análisis documental