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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 123, martes 24 de junio de 2003


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Justicia, Empleo y Seguridad Social
3721

EDICTO de 26 de mayo de 2003, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por el que se notifica a la empresa Xey, S.A. la Resolución recaída en el recurso n.º 02.0497.20.02.01.02.

Adolfo González Berruete, Director de Trabajo y Seguridad Social

Hago saber que concluido el recurso n.º 02.0497.20.02.01.02, interpuesto por la empresa Xey, S.A. se ha dictado Resolución acordándose desestimar el recurso de alzada interpuesto por D. José A. Maylin Rodriguez, en nombre y representación de la misma y, por lo tanto, confirmar la Resolución de 16-10-02, del Delegado Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, recaída en el expediente sancionador 199/216/02, por la que se impone a la empresa Xey, S.A. la sanción total de tres mil cinco euros con ocho céntimos (3.005,08 euros) por dos infracciones, la primera a lo dispuesto en el punto 1.14 del Anexo I del RD 1215/1997, de 18 de julio, (BOE 07-08-1997) por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo y la segunda a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales (10-11-1995).

No habiéndose podido notificar dicha Resolución a la empresa interesada citada, a pesar de los intentos realizados, en el último domicilio de que se tiene constancia, ubicado en B.º Okina s/n de Zumaia, se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndose a la empresa mencionada que la citada Resolución pone fin a la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

Con independencia de la presentación o no del antes citado Recurso Contencioso-Administrativo, la empresa Xey, S.A. deberá ingresar el importe de la sanción en el plazo de quince días desde la fecha de notificación de la presente Resolución en la Cuenta Autorizada de Ingresos de la Delegación Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (c/c núm. 2101-0381-00-0002786515 de la Gipuzkoa Donostia Kutxa), haciendo constar el número del expediente.

Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de dicha sanción, devengándose de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este Edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de mayo de 2003.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.


Análisis documental