
N.º 118, martes 17 de junio de 2003
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Barakaldo
3514
EDICTO dimanante del juicio de menor cuantía n.º 497/94.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA N.º 167-96
En Barakaldo, a veinte de mayo de mil novecientos noventa y seis.
El/la Sr/a. D/ña. Ana M.ª Olalla Camarero, Magistrado-Juez de Primera Instancia n.º 3 de Barakaldo y su Partido, habiendo visto los presentes autos de J. Menor Cuantía 497/94 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante D/ña. Automatismos para Quemadores S.A. (A.P.Q.) con Procurador D/ña. Bartau y Letrado Sr/a, D/ña. Inmaculada Oses Garcia, y de otra como demandado/a D/ña. Juan Belategui Izurrategui declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, y,
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Automatismos para Quemadores APQ contra D. Jon Belategui Izurrategui, debo condenar a la demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 1.810.531 PTA que se reclamaban, más los intereses legales desde la interpelación judicial, debiendo pagar asimismo la demandada las costas del presente procedimiento.
Contra este sentencia, cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia en el término de cinco días.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá certificación para su unión a los autos a que se refiere, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero del Codemandado D. Juan Belategui Izurrategui, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Barakaldo (Bizkaia), a once de abril de dos mil tres.
EL/LA SECRETARIO.
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