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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 110, jueves 5 de junio de 2003


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 12 de Bilbao
3237

EDICTO dimanante del juicio ordinario n.º 735/02.

Juzgado de Primera Instancia n.º 12 de Bilbao (Bizkaia)

Juicio: P. Ordinario LECn 735/02.

Demandante D/D.ª: Miguel Angel García Ordas.

Abogado D/D.ª: Duñabeitia Mendialdua, Cosme.

Procurador D/D.ª: Yolanda Echevaria Gabiña.

Demandado: Isolina García Ordas, José María García Ordas, Jesús García Ordas, Juan Carlos García Ordas y Herencia yacente y herederos desconocidos de Francisco García Ruiz.

Sobre: N01 Juicio Ordinario.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que debo de estimar y estimo la demanda presentada por la procuradora Sra. Echevarria Gabiña, en nombre y representación de Don Miguel Angel García Ordas, contra Don Jesús, Don José María, Don Juan Carlos y Doña Isolina García Ordas, en su condición de herederos de Don Francisco García Ruiz y contra la Herencia yacente de Don Francisco García Ruiz y en consecuencia se declara que el actor adquirió en fecha 14 de diciembre de 1995 la finca descrita en el hecho primero de la demanda de Don Francisco García Ruiz y en consecuencia se condena a los demandados a la elevación de documento público, mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura pública del citado contrato, en el plazo de un mes desde la firmeza de este sentencia, viniendo los demandados obligados a realizar cuantos actos resulten necesarios para su otorgamiento y con el apercibimiento que de no hacerlo así se suplirá su voluntad. Todo ello con imposición de las costas causadas en este procedimiento a los demandados.

Esta Resolución no es firme y contra la misma cabe interponer Recurso de Apelación ante este Juzgado para la Ilma. Audiencia Provincial de Bizkaia, en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la LEC, Ley 1/2000.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D/D.ª Herencia yacente y herederos desconocidos de Francisco García Ruiz y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la CAPV.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a doce de mayo de dos mil tres.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental