
N.º 110, jueves 5 de junio de 2003
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Vitoria-Gasteiz
3232
EDICTO dimanante del juicio de cognición 368/98.
Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz
Juicio: Juicio Cognición 368/98.
Demandante D/D.ª: Ana Maria Martinez de la Pera.
Abogado D/D.ª:
Procurador D/D.ª: Judith Lopez San Pedro.
Demandado: Cristina Nieva Torres y Patxi Ramos Garcia.
Sobre: Reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Estimatorio de la demanda, quedando resuelto el contrato que vinculaba a las partes y a que los demandados abonen a la actora la cantidad de 225.000 PTA, más sus intereses legales desde el 13 de febrero de 1998, así como al pago de las costas.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Patxi Ramos Garcia y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alava.
El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a seis de mayo de dos mil tres.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
RSS