
N.º 110, jueves 5 de junio de 2003
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Hacienda y Administración Pública
3220
DECRETO 119/2003, de 27 de mayo, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación Acogida a inmigrantes extranjeros "Bilbo Etxezabal".
El artículo 22 de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, de Asociaciones, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública las Asociaciones inscritas que contribuyen mediante el desarrollo de sus actividades a la promoción del interés general de Euskadi.
A su amparo, la Asociación Acogida a Inmigrantes Extranjeros "Bilbo Etxezabal" ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que realiza de atención de modo integral a los inmigrantes extranjeros necesitados llegados a Bizkaia la hacen merecedora de reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.
La Asociación solicitante es una entidad constituida en 1993, inscrita en el Registro de Asociaciones con fecha 8 de julio de 1993, que extiende su ámbito de actuación al territorio histórico de Bizkaia y tiene fijado su domicilio social en Bilbao.
Desde su constitución la Asociación "Bilbo Etxezabal" en su objetivo de atención integral al inmigrante, trabaja por la integración y liberación del mismo, con atención preferente al que se encuentra en situación de marginación social y compromiso especial con los extranjeros privados de libertad en las cárceles de la CAPV, al mismo tiempo que trata de sensibilizar a la Sociedad Vasca acerca de la realidad de la inmigración y denuncia situaciones de discriminación, desarrollando estos cometidos con personal voluntario, lo que le ha reportado un prestigio y reconocimiento unánimes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda por razón de la materia, previo informe de los mismos y de los entes y organizaciones interesados. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informe emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto, en los que manifiestan su parecer favorable a la declaración de la Asociación Acogida a Inmigrantes Extranjeros "Bilbo Etxezabal" como entidad de Utilidad Pública.
En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y de los Consejeros de Vivienda y Asuntos Sociales y de Justicia, Empleo y Seguridad Social, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de mayo 2003.
DISPONGO:
Artículo único.– Declarar de Utilidad Pública a la Asociación Acogida a Inmigrantes Extranjeros "Bilbo Etxezabal" inscrita con el número AS/B/04.021/1993 en el Registro de Asociaciones por considerar que contribuyen a la promoción del interés general de Euskadi mediante el desarrollo de sus actividades.
Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 22.2. de la Ley 3/1998, de 12 de febrero.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de mayo de 2003.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.
El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales,
JAVIER MADRAZO LAVÍN.
El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social,
JOSEBA AZCÁRRAGA RODERO.
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