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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 98, miércoles 21 de mayo de 2003


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
2878

DECRETO 101/2003, de 13 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Plan Especial de Reforma Interior del Área LM.02.1 Loiolatarra-Plazaburu".

Mediante Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián con fecha 18 de marzo de 2002, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Plan Especial de Reforma Interior del Área LM.02.1 Loiolatarra-Plazaburu". Posteriormente, en sesión de fecha 7 de febrero de 2003 se acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones, que fueron resueltos según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El ámbito del PERI queda definido por el borde del río Urumea, la carretera que comunica San Sebastián con Hernani y las calles Plazaburu y Loiolatarra, interiores del barrio. La proximidad del río Urumea y las bajas cotas generalizadas provocan que este territorio se inunde con relativa frecuencia.

El objeto del Plan Especial es la reordenación edificatoria y la regeneración del área, con la consecución de propuestas edificatorias respetuosas con los crecimientos originarios del barrio, la previsión de una banda para paseo de borde de ribera del río Urumea elevando sus rasantes y la obtención de la máxima superficie de espacios libres en el área, todo ello de acuerdo con la morfología urbana del ámbito, los criterios establecidos por la Dirección de Costas y las previsiones del Plan General de Ordenación Urbana de Donostia-San Sebastián.

La ejecución de las previsiones contenidas en el Plan Especial pondrá fin a un período de incertidumbre y transitoriedad para los vecinos del área, motivado por la paralización de la acción urbanística particular debido a la complejidad de la gestión por el elevado número de propietarios, por lo cual el Ayuntamiento ha optado por tomar la iniciativa, aprobando el Plan Especial de Reforma Interior y fijando el sistema de expropiación para su desarrollo y gestión. A tales efectos, la actuación en este ámbito se ha incluido en el "Programa Izartu" del Gobierno Vasco, encontrándose previstas las correspondientes inversiones en el trienio 2002-2004, por lo que se requiere acometer de inmediato la citada actuación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de mayo de 2003.

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Plan Especial de Reforma Interior del Área LM.02.1 Loiolatarra-Plazaburu".

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de mayo de 2003.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Ordenación del Territorio 			y Medio Ambiente,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental