
N.º 98, miércoles 21 de mayo de 2003
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Industria, Comercio y Turismo
2875
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2003, del Viceconsejero de Administración y Planificación, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas económicas para la ejecución de acciones dirigidas a la rehabilitación e integración armónica en el paisaje y puesta en seguridad de áreas degradadas por antiguas actividades extractivas mineras de la CAPV para el ejercicio 2003.
La Orden de 20 de Mayo de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, regula el programa de ayudas destinadas a la realización de acciones para la rehabilitación e integración armónica en el paisaje y puesta en seguridad de áreas degradadas por antiguas actividades extractivas mineras de la CAPV.
De conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2003, dictando a tal objeto las normas necesarias.
Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el mencionado artículo 7 de la Orden de referencia,
DISPONGO:
Artículo 1.– Objeto.
Es objeto de la presente resolución, la convocatoria para el ejercicio 2003 de las ayudas previstas en la Orden de 20 de Mayo de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, destinadas a la ejecución de acciones para la integración armónica en el paisaje y puesta en seguridad de áreas degradadas por antiguas actividades extractivas mineras de la CAPV.
Para este fin se destinará un total de 4.038.572,44 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Este importe podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De la presente circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Administración y Planificación.
Artículo 2.– Requisitos.
1.– Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 20 de Mayo de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Consumo, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden de referencia.
2.– Asimismo, deberán dirigir las solicitudes y demás documentación complementaria a la Dirección de Administración de Industria y Minas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, presentándolas en sus dependencias o en las de las correspondientes Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo de cada Territorio Histórico, bien directamente o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
3.– El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses, comenzando al día siguiente de la publicación de la presente norma en el Boletín Oficial del País Vasco.
4.– La instancia será firmada por la persona que posea capacidad legal para representar a la entidad solicitante.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.– La presente resolución de convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Segunda.– Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2003.
El Viceconsejero de Administración y Planificación.
JOSE IGNACIO ZUDAIRE ARANA.
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