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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 58, viernes 21 de marzo de 2003


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
1737

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2003, del Viceconsejero de Innovación y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas a las agrupaciones de empresas pertenecientes a los clusters prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2003.

La Orden de 28 de noviembre de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, regula las ayudas a las agrupaciones de empresas pertenecientes a los clusters prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

De conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2003, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 9 de la orden de referencia.

DISPONGO

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente resolución, la convocatoria para el ejercicio 2003 de las ayudas previstas en la Orden de 28 de noviembre de 2000 del Consejero de Industria, Comercio y Turismo por la que se regulan las ayudas a las agrupaciones de empresas pertenecientes a los clusters prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Para este fin se destinará un total de 2.173.795 euros para 2003, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá, por tanto, la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente disposición. De la concurrencia de cualquiera de dichas circunstancias se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Innovación y Desarrollo Industrial.

Artículo 2.– Requisitos.

1.– Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 28 de noviembre de 2000 (BOPV n.º 235 de 11 de diciembre de 2000), deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden de referencia.

2.– Asimismo, los solicitantes deberán dirigir y presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en la Dirección de Calidad e Innovación en la Gestión, bien directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.– El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 7 de mayo de 2003.

DISPOSICIONES FINALES.

Primera: La presente resolución de convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda: Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2003.

Viceconsejero de Innovación y Desarrollo Industrial,

JOSÉ IGNACIO TELLECHEA FERNÁNDEZ.


Análisis documental