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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 46, miércoles 5 de marzo de 2003


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
1316

DECRETO 39/2003, de 18 de febrero, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Nabarniz, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de nueva red primaria de abastecimiento a Nabarniz. Fase I; conducciones y nuevo depósito de Sakona".

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Nabarniz con fecha 26 de septiembre de 2002, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de nueva red primaria de abastecimiento a Nabarniz. Fase I; conducciones y nuevo depósito de Sakona". En la misma sesión se acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado ningún escrito de alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El municipio presenta en la actualidad grandes carencias en lo referente a un suministro de agua potable de calidad y cantidad en los diferentes barrios diseminados que constituyen el municipio (Lekerika, Merika, Elexalde, Uribarri, Zabaleta, Ikazurieta e Intxaurraga). Dada la situación de necesidad, el Ayuntamiento, mediante contactos mantenidos con el Departamento de Medioambiente y Acción Territorial de la Diputación de Bizkaia, presentó un proyecto de abastecimiento que fue asumido por la propia Diputación que asimismo ampliaba el ámbito de actuación, incorporando una nueva canalización hasta el barrio de Narea, en el municipio de Aulestia.

La necesidad de urgente ocupación de los terrenos resulta múltiple. Por un lado, debido a las necesidades imperiosas del propio municipio respecto a establecer un servicio de agua potable de calidad, lo que hace necesario actuar con la mayor celeridad posible (son numerosas las ocasiones en la que el servicio de Sanidad del ámbito comarcal ha considerado el agua en varios puntos de servicio como no potable por razones de turbiedad). Por otra parte, mediante la canalización y la construcción de la nueva ETAP se garantiza el servicio en todo el municipio, logrando reducir prácticamente en su totalidad los problemas de escasez de agua en temporadas de sequía, posibilitando a su vez el suministro de agua a un barrio de otro municipio que en la actualidad carece de este servicio. Asimismo, la infraestructura se ejecutará por parte de la Diputación Foral de Bizkaia, disponiéndose del crédito presupuestario suficiente, hallándose el expediente de contratación iniciado y a la espera de obtener los terrenos necesarios para ejecutar la obra para proceder a su adjudicación definitiva.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación y aprobación del Consejo de gobierno en su sesión del día 18 de febrero de 2003.

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Nabarniz, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de nueva red primaria de abastecimiento a Nabarniz. Fase I; conducciones y nuevo depósito de Sakona"

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 18 de febrero de 2003.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Ordenación del

Territorio y Medio Ambiente,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental