
N.º 46, miércoles 5 de marzo de 2003
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Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
1314
DECRETO 37/2003, de 18 de febrero, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Alava, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de construcción de nuevo puente sobre el río Ebro en la carretera Pancorbo-Orduña, en Puentelarrá".
Por acuerdo del Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Alava con fecha 19 de febrero de 2002, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de construcción de nuevo puente sobre el río Ebro en la carretera Pancorbo-Orduña, en Puentelarrá". Posteriormente, en sesión de fecha 8 de octubre de 2002 se acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos según consta en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
La carretera A-2625 sirve como comunicación entre las localidades de Pancorbo (Burgos) y Orduña (Bizkaia). En el límite de las provincias de Burgos y Alava, situado en el eje del cauce del río Ebro en Puentelarrá, la carretera cruza el río mediante un puente que se encuentra a caballo entre las dos provincias.
El paso de vehículos a través del puente resulta difícil y peligroso, tanto por la ajustada anchura del puente, de 5,40 metros entre barandillas y de menos de 5,00 metros de ancho de rodadura, sin posibilidad alguna de resguardo para el tráfico peatonal, así como por las pronunciadas curvas existentes en las salidas del puente a ambos extremos. A esto hay que añadir las crecidas del río que han deteriorado ostensiblemente una de las pilas del puente. Por todo ello se ha considerado necesario proceder a la sustitución del puente, para lo cual se ha redactado un proyecto por parte de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León.
El proyecto se inscribe dentro del "Protocolo de colaboración entre la Diputación Foral de Alava y la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, para la planificación, construcción, financiación y ejecución de obras en la red viaria de zonas colindantes", aprobado mediante Acuerdo n.º 357 del Consejo de Diputados de 11 de mayo de 1999, con objeto de mejorar la transitabilidad entre los dos territorios. Por otro lado, el proyecto de nuevo puente se enmarca dentro de las actuaciones contempladas en el Plan Integral de Carreteras de Alava 1998-2009, dentro del programa "Mejora de trazado y ampliación de plataforma" para la carretera A-2625.
El nuevo puente se proyecta con una sección transversal de 9, 9 metros, formada por una calzada de 6,5 metros, dos aceras de 1,35 metros y dos petriles de 0,35 metros. De esta forma se consigue mejorar la transitabilidad entre ambos territorios con unos estándares mínimos de seguridad y comodidad en la circulación y una capacidad para recibir la carga de tráfico con las debidas condiciones de seguridad y comodidad para el usuario, permitiéndose la coexistencia, con las debidas garantías de seguridad, del tráfico peatonal y rodado a través del puente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación y aprobación del Consejo de gobierno en su sesión del día 18 de febrero de 2003.
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Alava, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de construcción de nuevo puente sobre el río Ebro en la carretera Pancorbo-Orduña, en Puentelarrá".
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 18 de febrero de 2003.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Ordenación del
Territorio y Medio Ambiente,
SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.
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