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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 42, jueves 27 de febrero de 2003


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
1220

RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2002, del Director de Energía, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de una línea eléctrica aérea y subterránea a 220 kV para alimentación de la Subestación de Zamudio, en el término municipal de Zamudio y se declara su utilidad pública.

REF.: L-5.618 ASS/SM.

EXP: AT-H-2002/35.

D. Juan Carlos Martínez Echevarría en nombre y representación de Iberdrola Distribución, S.A.U., ha solicitado el 8 de marzo de 2002, autorización administrativa para la construcción de la línea eléctrica aérea y subterránea a 220 kV para alimentación de la Subestación de Zamudio, en el término municipal de Zamudio.

ANTECEDENTES:

1.– A la citada solicitud presentada el 8 de marzo de 2002 se le adjunta el Proyecto denominado ""Proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea a 220 kV, doble circuito Güeñes-Gatika 1 y 2 E.S. en S.T. Zamudio", suscrito por D. Gonzalo Olaso Bescos y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia el 5.03.2002 con el n.º 949.

2.– Sometido el expediente, por razón de las diferentes disposiciones reglamentarias que le afectan, al trámite de información pública, se publicó el anuncio correspondiente en el BOPV de fecha 15 de mayo de 2002 y en el B.O.B. de 9 de mayo de 2002, así como en el Diario El Correo de fecha 19 de abril de 2002, enviándose asimismo el anuncio para su inserción en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zamudio.

3.– Solicitado informe y condicionado al Ayuntamiento de Zamudio, éste inicialmente manifestó que no podía dar su conformidad por carecer de información, lo cual fue contestado por Iberdrola. El escrito de esta empresa fue remitido al citado Ayuntamiento, que no se ha manifestado sobre el mismo, a pesar de habérsele comunicado desde la Oficina Territorial, que la no contestación en el plazo otorgado, presupone la conformidad con lo expuesto por Iberdrola. De la misma forma le fueron solicitados condicionados al Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, al Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia y a la Subdirección General de Sistemas de Navegación y Aeroportuarios, los cuales han sido asumidos por el peticionario.

Asimismo, fue remitida a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco copia del Proyecto y del Estudio de Impacto Ambiental de la referida instalación.

4.– Por Resolución de 24 de octubre de 2002 del Viceconsejero de Medio Ambiente del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, se formula la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de ejecución de la referida línea eléctrica de 220 kV, doble circuito, Güeñes-Gatika 1 y 2 E-S en ST Zamudio, en el término municipal de Zamudio, con carácter favorable, si bien se condiciona al cumplimiento de las medidas correctoras que en la misma se establecen con carácter vinculante.

Esta Resolución se basa en los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

1.– El RD 1995/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de tramitación de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE 27-12-2000) establece la tramitación y documentos a presentar para las instalaciones como las del caso.

2.– La Ley 3 /1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco ( BOPV 27-3-98) establece en su Art. 48 los proyectos contemplados en el Aptdo. B, del Anexo I de esta Ley, que se someterán a un procedimiento de evaluación individualizada, que culminará con una declaración de impacto ambiental.

3.– En la tramitación del expediente, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en la citada legislación.

4.– Es competente para la adopción de la presente resolución, la Dirección de Energía del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 223/2001, de 16 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo (BOPV 24-10-2001).

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación,

RESUELVE:

Autorizar a Iberdrola Distribución, S.A.U. la instalación y aprobar el proyecto de ejecución de una línea eléctrica aérea y subterránea a 220 kV, en el término municipal de Zamudio y cuyas principales características son las siguientes:

Línea eléctrica aérea doble circuito.

Tensión de servicio: 220 kV.

Conductores activos: 6de 220 kV tipo LA-AC (1x516,8 mm2 de sección).

Conductores de protección: Uno de tierra tipo AC-50 y otro tipo OPGW-15-80 para comunicaciones.

Apoyos: Metálicos.

Longitud: 1518 m aproximadamente.

Origen: Junto al apoyo actual n.º 64 de la línea a 220 kV. Güeñes-Gatika.

Final: En el enlace con la línea subterránea a 220 kV en la propia Subestación de Zamudio.

Potencia máxima de transporte: 682 MVA.

Línea eléctrica subterránea doble circuito.

Tensión de servicio: 220 kV.

Conductores activos: 2x3 (1x800 mm2) Cu Aislamiento XLPE, 220/245 kV.

Conductor de comunicaciones: Un conductor tipo PK PSP.

Longitud: 30 m.

Capacidad máxima de transporte: 798 MVA.

2- Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 54 de la citada Ley 54/1997, de 27 de noviembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del art. 53 de la misma.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:

a) Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

b) El titular de las instalaciones tendrá en cuenta, para su ejecución el cumplimiento de los condicionados técnicos establecidos por los siguientes Organismos:

Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, Subdirección General de Sistemas de Navegación y Aeroportuarios, Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia y Ayuntamiento de Zamudio.

Asimismo deberá cumplir el condicionado impuesto por la Resolución de 24 de octubre de 2002 de la Viceconsejería de Medio Ambiente que formula la Declaración de Impacto Ambiental.

c) El plazo de puesta en marcha será de dos años, contados a partir de la presente resolución.

d) El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Oficina Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

e) La presente resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Administración y Planificación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de diciembre de 2002.

El Director de Energía,

TXABER LEZAMIZ CONDE.


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