
N.º 35, miércoles 19 de febrero de 2003
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Otras Disposiciones
Tribunal Vasco de Cuentas Públicas
1046
ACUERDO del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de aprobación definitiva del Informe de Fiscalización de Procesos de transformación de la Red Vasca de Tecnología e Innovación para 1996-2000, adoptado en sesión de 18 de octubre de 2002.
El Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas en sesión celebrada el día 18 de octubre de 2002, ha adoptado el siguiente
ACUERDO:
Aprobar con carácter definitivo el Informe de Fiscalización de Procesos de transformación de la Red Vasca de Tecnología e Innovación para 1996-2000, que figura como Anexo al presente Acuerdo.
Disponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 1/1988 del TVCP / HKEE, la publicación de sus conclusiones en el BOPV.
Vitoria-Gasteiz, a 18 de octubre de 2002.
La Presidenta del TVCP,
Mª ASUNCIÓN MACHO BERROYA.
PROCESOS DE TRANSFORMACIÓN JURÍDICA DE LA RED VASCA DE TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN. 1996-2000
Introducción
El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP), a petición de la Comisión de Economía, Hacienda y Presupuestos del Parlamento Vasco ha incluido en el Plan de Trabajo aprobado para el periodo abril 2000-marzo 2001, el análisis de la definición y procesos de transformación jurídica de la Red Vasca de Tecnología e Innovación.
A tal fin hemos analizado la normativa que regula la Red; la naturaleza jurídica de las entidades que la componen; el proceso de la transformación de algunas de estas entidades en fundaciones entre los años 1995 y 2000, así como los contratos celebrados en dicho periodo entre los miembros de cada patronato y sus respectivas fundaciones.
Según el informe, "Alternativas a la modificación de estructuras societarias de los Centros Tecnológicos", elaborado por el Departamento de Industria, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, el objetivo era dotar a los centros de una nueva estructura jurídica que les permitiera obtener nuevas fuentes de financiación para sus actividades o un aumento de las existentes sin menoscabo de su imparcialidad e independencia.
El informe no define las razones por las que el cambio de asociación a fundación contribuye a lograr este objetivo, limitándose a analizar las principales alternativas existentes (fundación, sociedad anónima, asociación, cooperativa…), su forma de creación, actividades que pueden desarrollar, régimen fiscal y legal, órganos de gobierno.
I.– Red Vasca de Tecnología e Innovación
I.1.– Definición y normativa aplicable
El Decreto 96/1997, de 29 de abril de 1997, que constituye y regula la Red Vasca de Tecnología, determina las características y funciones de las entidades de investigación tecnológica y establece las relaciones de colaboración y coordinación con las mismas.
La Red está formada por las entidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica que se han acreditado como agentes tecnológicos según el Decreto 96/1997.
Sus actividades deben contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la capacidad para competir de las empresas establecidas en la CAPV a través de la tecnología y la innovación. Todos los agentes deben contar con medios humanos y materiales para el desarrollo de su actividad e implicarse en el desarrollo de la política tecnológica que en cada caso se instrumente por las autoridades competentes.
Los agentes tecnológicos se clasifican en siete categorías:
RED VASCA DE TECNOLOGÍA	N.º CENTROS ACREDITADOS
CATEGORÍA	A 31.12.2000
1.– Centros tecnológicos	9
2.– Centros, institutos, departamentos, secciones
u otras unidades de investigación integradas en las universidades con sede en la CAPV.	(1) 4
3.– Centros sectoriales de investigación	4
4.– Unidades de I+D empresariales	8
5.– Entidades de certificación y los laboratorios	3
6.– Organismos públicos de investigación	2
7.– Organismos intermedios de innovación	10
TOTAL	40
(1) Universidad del País Vasco, Mondragón Eskola Politeknikoa, Universidad de Deusto y Universidad de Navarra	
1.– Centros Tecnológicos
Son entidades privadas radicadas en la CAPV, sin fines lucrativos, para el desarrollo de tecnología propia y su difusión.
Sus estatutos deben exigir que, en caso de disolución, el patrimonio se aplique a la realización de actividades sujetas al cumplimiento de sus fines, siempre que la forma jurídica que adopten así lo permita.
En el centro deben participar mayoritariamente personas privadas. Sin embargo, su actividad no puede quedar restringida exclusivamente a sus miembros asociados o colaboradores, ni la pertenencia de empresas al centro tener carácter restringido.
2.– Centros, Institutos, Departamentos, Secciones u otras unidades de investigación integradas en las universidades con sede en la CAPV.
Pueden integrarse en la Red siempre que realicen actividades de generación y desarrollo de tecnología, así como de transferencia y difusión de la misma con carácter general hacia el conjunto de empresas de la CAPV.
3.– Centros Sectoriales de Investigación
Son centros privados radicados en la CAPV, sin ánimo de lucro, que realizan actividades relativas a la generación y desarrollo de tecnología dirigida a un sector empresarial determinado.
Sus estatutos deben exigir que el patrimonio, en caso de disolución, se aplique a la realización de actividades sujetas al cumplimiento de sus fines. En el centro deben participar mayoritariamente empresas privadas del sector al que se dirige. Su actividad no puede quedar restringida exclusivamente a sus asociados, ni la pertenencia de empresas al centro tener carácter restringido.
4.– Unidades de I+D empresariales
Son entidades privadas sin ánimo de lucro radicadas en la CAPV dedicadas a la generación y desarrollo de tecnología e innovación según los intereses de sus propietarios.
Deben tener personalidad jurídica propia y en su constitución podrá participar una empresa o agrupación de empresas con objeto de acometer proyectos de investigación y desarrollo conjuntos.
Tienen también la consideración de unidades de I+D empresariales las unidades de I+D con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro de hospitales privados situados en la CAPV.
5.– Entidades de Certificación y los Laboratorios
Pueden integrarse en la Red las entidades de certificación de carácter privado, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro radicadas en la CAPV y cuya finalidad sea la de establecer la conformidad de una determinada empresa, producto, proceso, servicio o persona a los requisitos definidos en normas o especificaciones técnicas.
Asimismo, los laboratorios de carácter privado, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, radicados en la CAPV cuya finalidad sea la de comprobar que distintos productos presentes en el mercado cumplen con las normas o especificaciones técnicas que les sean de aplicación.
6.– Organismos Públicos de Investigación
Son entidades públicas, radicadas en la CAPV, que realizan actividades de generación, desarrollo, transferencia y difusión de tecnología, así como actividades relacionadas con los certificados de conformidad. También son organismos públicos de investigación las unidades de I+D de los hospitales públicos integrados en la Red de Osakidetza.
7.– Organismos Intermedios de Innovación
Son entidades públicas o privadas, con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, radicadas en la CAPV, que promueven la creación de nuevas empresas, la transferencia de conocimientos y aplicaciones tecnológicas, promoción de la innovación y formación de investigadores y tecnólogos y su incorporación al mundo empresarial. Se incluyen en este concepto los Parques Tecnológicos y los Centros de Empresas e Innovación.
I.2.– Financiación pública
Según lo dispuesto en la Orden de 30 de abril de 1997 el Departamento de Industria, Agricultura y Pesca podría financiar a estas entidades, con excepción de los Organismos Públicos de Investigación, con subvenciones a fondo perdido. Durante el periodo 1997-2000 se subvenciona un porcentaje del coste de la masa investigadora de I+D (investigadores, técnicos y becarios). La determinación del porcentaje se efectúa en función de la tipología de cada entidad, de acuerdo con el siguiente detalle:
CATEGORÍA	CUANTÍA MÁXIMA DE LAS AYUDAS
Centros Tecnológicos	1/3 masa investigadora económica
Agentes Universitarios	1/3 investigación industrial ejercicio anterior
Centros Sectoriales de Investigación	1/4 masa investigadora económica
Unidades de I+D Empresariales	1/5 masa investigadora económica
Entidades de Certificación y Laboratorios	1/5 masa investigadora económica
Organismos Intermedios de Innovación	90% coste actividades acordadas
Son susceptibles de financiación los proyectos de investigación genérica (de interés estratégico para las agrupaciones empresariales de los distintos sectores industriales o clusters del País Vasco, según lo establecido en el Marco General de Actuación de Política Industrial) y los programas de especialización, la generación de infraestructuras y otras actividades de carácter estratégico.
El Departamento de Educación, Universidades e Investigación puede establecer también un régimen de ayudas para las actividades que realicen los Agentes, sin que puedan financiarse las mismas actividades que subvenciona el Departamento de Industria, Agricultura y Pesca.
Además, la integración de estas entidades en la Red posibilita su participación en los programas de actividades de Investigación y Desarrollo Tecnológico promovidos por la Administración de la CAPV.
I.3.– Naturaleza jurídica de los agentes tecnológicos
A 31 de diciembre de 2000 figuran acreditados treinta y seis agentes tecnológicos, cuyo detalle y naturaleza jurídica son:
AGENTE	NATURALEZA JURÍDICA	LOCALIDAD
Centros tecnológicos
1.-Centro de Estudios e Investigaciones Técnicas de Gipuzkoa (CEIT)	Asociación sin ánimo de lucro	Donostia
2.-Fundación European Software Institute (ESI) (*)	 Fundación	Zamudio
3.-Fundación GAIKER (*)	Fundación	Zamudio
4.-Fundación INASMET (*)	Fundación	Donostia
5.-Fundación LABEIN (*)	Fundación	Bilbao
6.-Fundación LEIA (*)	Fundación	Gasteiz
7.-Fundación ROBOTIKER (*)	Fundación	Zamudio
8.-Fundación TEKNIKER (*)	Fundación	Eibar
9.-IKERLAN, S. Coop. (*)	Cooperativa	Arrasate
Centros Sectoriales de Investigación		
1.-Centro de Investigación Tecnológica CIDEMCO (*)	 Asociación sin ánimo de lucro	Azpeitia
2.-Fundación AZTI-AZTI Fundazioa (*)	Fundación	 Sukarrieta
3.-Fundación Centro de Tecnologías Aeronáuticas	 Fundación	Gasteiz
4.-Fundación Vasca para el desarrollo de las tecnologías 	 Fundación	Gasteiz
energéticas (ENERLAN)
Unidades de I+D empresariales		
1.-Ametzagana, A.I.E.	Agrupación interés económico	 Lasarte Oria
2.-Centro Tecnológico IDEKO, A.I.E.	Agrupación interés económico	Elgoibar
3.-European Virtual Engineering, S.A. (EUVE)	Sociedad anónima	Gasteiz
4.-Fundación CIDETEC	Fundación	Donostia
5.-Fundación FATRONIK	Fundación	Elgoibar
6.-GUASCOR Investigación y Desarrollo, S.A.	Sociedad anónima	Gasteiz
7.-MAIER Technology Center, Soc. Coop.	Cooperativa	 Ajangiz
8.-SIDENOR Investigación y Desarrollo, S.A. 	Sociedad anónima	Basauri
Entidades de certificación y laboratorios		
1.-Asociación para la Investigación y Desarrollo en el ámbito del Sector de la		
Construcción – ERAIKER	Asociación	Donostia
2.-Casa Maristas – AZTERLAN	Entidad religiosa	 Durango
3.-Fundación Instituto de Investigación y desarrollo Tecnológico INBIOMED	Fundación	Donostia
Organismos públicos de investigación		
1.-Centro para el ahorro y desarrollo Energético y Minero, S.A. (CADEM)	Sociedad anónima	Bilbao
2.-NEIKER-Instituto Vasco de Investigación y Desarrollo Agrario, S.A. 	Sociedad anónima	Derio
Organismos intermedios de innovación		
1.-Asociación Centro de Innovación Tecnológica del Medio Ambiente (CITMA)	Asociación	Donostia
2.-Asoc. Gestión, Desarrollo y Divulgación de la Innovación Tecnológica (UNITEC)	Asociación	Bilbao
3.-Asociación Vasca de Centros de Investigación Tecnológica (EITE)	Asociación	Zamudio
4.-Centro de Diseño Industrial, S.A.-Industri Diseinurako Zentrua, A.B	Sociedad pública	Bilbao
5.-Fundación de Centros Tecnológicos para el Fomento de la Tecnología	Fundación	Zamudio
6.-Fundación de Investigación de la Maquina Herramienta (INVEMA) (*)	Fundación	Donostia
7.-Fundación Investigación Universidad-Empresa, Jakintza Lanesko Ikerkuntza		
EUSKOIKER (Fundación EUSKOIKER)	Fundación	Bilbao
8.-Fundación LASSOA, para la gestión de la innovación en la PYME		
(Fundación LASSOA)	Fundación	Bilbao
9.-Instituto Técnico de la Estructura en Acero (ITEA) (*)	 Asociación	Ordizia
10.-Oficina de Transferencia de Innovación – OTRI (UPV/EHU)	Universidad del País Vasco	Leioa
(*) Han modificado su forma jurídica durante el periodo analizado.
II.– El proceso de transformación
II.1.– Agentes Tecnológicos que han modificado su forma jurídica
Los agentes que han modificado su forma jurídica en el periodo analizado son:
FORMA JURÍDICA	FECHA	FORMA JURÍDICA	 TRANSFORMACIÓN
	AGENTE	ANTERIOR		ACTUAL
Centros tecnológicos			
Fundación European Software Institute	Asociación	 2000	Fundación
Fundación GAIKER	Asociación	1997	Fundación
Fundación INASMET	Asociación	1996	Fundación
Fundación LABEIN	(1)	1998	Fundación
Fundación LEIA	Asociación	(2) 1995	Fundación
Fundación ROBOTIKER	Asociación	1996	Fundación
Fundación TEKNIKER	Asociación	1995	Fundación
Centros sectoriales de investigación			
Centro de Investigación Tecnológica, CIDEMCO	Sociedad civil	1995	Asociación
Fundación AZTI- AZTI Fundazioa	Sociedad anónima	 1997	Fundación
Organismos intermedios de innovación			
INVEMA, Fundación de Investigación de la			
Máquina-Herramienta	Asociación	1997	Fundación
Instituto Técnico de la Estructura en Acero (ITEA)	 Sociedad limitada	1999	Asociación
(1) Laboratorio de Ensayos e Investigaciones Industriales, con carácter de establecimiento anejo a la Escuela Superior de Ingenieros Industriales de Bilbao
(2) La Asociación no se ha disuelto a la fecha de este informe, si bien no desarrolla actividad alguna ni dispone de activos ni pasivos (ver A.2.1)
II.2.– Centros Tecnológicos
1.– Fundación European Software Institute
El 24 de junio de 1993, 14 empresas privadas constituyeron el European Software Institute como una asociación sin ánimo de lucro, cuyo objeto social es la promoción de la buena práctica en el desarrollo del software, siendo clasificada el 14 de diciembre de 1994 como Entidad de Utilidad Pública por el Gobierno Vasco. Asimismo, y en virtud del acuerdo firmado con el Gobierno Vasco el 15 de diciembre de 1993, el European Software Institute adquirió la calificación de Entidad Tutelada de Investigación Tecnológica, de conformidad con lo establecido en el Decreto 92/1982 del Gobierno Vasco.
El 26 de setiembre de 2000 la Asamblea General Extraordinaria de la Asociación European Software Institute acordó crear la Fundación European Software Institute, mediante la aportación de todos los activos y pasivos a fecha 1 de octubre de 2000 y con los fondos propios resultantes del valor teórico según Balance de Situación de la Asociación a 30 de setiembre de 2000, que ascienden a 93 millones de pesetas.
Desde su constitución como asociación, los socios y miembros corporativos han aportado un total de 1.235 millones de pesetas. Además, European Software Institute ha recibido subvenciones de capital del Gobierno Vasco por importe de 1.579 millones de pesetas, de acuerdo con el siguiente detalle:
SUBVENCIONES CAPITAL (GOB. VASCO)	Millones-ptas.
CONCEPTO	IMPORTE
Instalación sede en el País Vasco	325
Convenio periodo 1993-1997	679
Convenio periodo 1997-2000	575
TOTAL	1.579
Las ayudas recibidas del Gobierno Vasco para la instalación de su sede han consistido en una ayuda para primer establecimiento por importe de 325 millones de pesetas; la cesión en uso gratuita del edificio en el que se encuentran las oficinas del European Software Institute, valorada, según el proyecto de reorientación estratégica elaborado en 1999, en 80 millones de pesetas anuales, y otras ayudas referidas a los servicios del edificio (energía, mantenimiento, limpieza).
El importe total recibido de la Unión Europea (UE) asciende a 969 millones de pesetas. En virtud del acuerdo firmado el 7 de enero de 1994, complementado con otro de 27 de febrero de 1995, el European Software Institute recibió durante un período de tres años una ayuda financiera para determinados gastos de explotación, condicionada a la obtención por su parte de recursos externos a la propia UE. El 27 de febrero de 1997 se firmó la prórroga de este acuerdo, mediante el cual la UE garantizó el apoyo financiero al European Software Institute por un período adicional de dos años, hasta el 7 de enero de 1999.
2.– Fundación GAIKER
La Asociación Centro Tecnológico GAIKER aprobó en 1996 la constitución de una fundación de investigación sujeta a las disposiciones de la Ley 12/1994 de Fundaciones del País Vasco.
La dotación patrimonial inicial consistió en la aportación, con carácter universal, de todos los activos y pasivos de la Asociación registrados al 31 de diciembre de 1996, que quedó fijada en 122 millones de pesetas, según resulta del balance auditado a dicha fecha.
El objeto y la finalidad de la Fundación son la promoción y el desarrollo de actividades de investigación científica, tecnológica y de impulso de la innovación tecnológica, y asimismo de las relacionadas con el desarrollo económico, de interés para la industria en general.
De acuerdo con el artículo 16 de sus Estatutos, en su patronato deben figurar dos miembros que representen a los Departamentos del Gobierno Vasco con competencias en investigación, un miembro a la Diputación Foral de Bizkaia, un miembro a la Universidad del País Vasco, cuatro miembros designados de entre las empresas colaboradoras en régimen especial, tres miembros de entre las empresas colaboradoras en régimen ordinario y un miembro de entre las empresas colaboradores en régimen simplificado.
El artículo 35 de los estatutos de la Fundación GAIKER establece que los bienes y derechos que, en su caso, resulten de la liquidación de la Fundación, se destinen a la Diputación Foral de Bizkaia para su aplicación a fines análogos a los realizados por la Fundación.
Durante el periodo analizado Fundación GAIKER ha desarrollado su actividad en un edificio arrendado a Azpiegitura, S.A., (sociedad pública dependiente de la Diputación Foral de Bizkaia), situado en el Parque Tecnológico de Zamudio, con un coste anual de 26 millones de pesetas, aproximadamente.
El contrato de arrendamiento, vencido el 1 de junio de 1997, establecía que a la extinción del arrendamiento y siempre que existiese acuerdo entre el arrendador y el arrendatario, éste podría adquirir la propiedad, sirviendo en tal caso las rentas satisfechas como pago del precio de venta.
Durante el ejercicio 2001, Azpiegitura, S.A. ha vendido estos locales a Adefisa Leasing EFC, S.A., por 480 millones de pesetas.
3.– Fundación INASMET
La Asociación de Investigación Metalúrgica del País Vasco (INASMET) aprobó en 1996 la constitución de una fundación de investigación sujeta a las disposiciones de la Ley 12/1994 de Fundaciones del País Vasco, a la que aportó, como dotación patrimonial inicial y con carácter universal, todos sus activos y pasivos registrados al 31 de diciembre de 1996, que ascendían a 356 millones de pesetas.
Esta Asociación había sido constituida en 1962 por diversas empresas del campo de la fundición de Gipuzkoa.
El objeto y finalidad de la Fundación INASMET es la promoción y el desarrollo de cuantas actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico sean de interés para la industria en general.
De acuerdo con el artículo 16 de sus Estatutos, en su patronato deben figurar dos miembros que representen a los Departamentos del Gobierno Vasco con competencias en investigación, un miembro a la Diputación Foral de Gipuzkoa, un miembro a la Universidad del País Vasco, seis miembros designados de entre las empresas colaboradoras de régimen especial y seis miembros de las empresas colaboradoras de régimen ordinario. Entre los 18 miembros que forman parte del Patronato a 31 de diciembre de 2000 figura asimismo el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.
En 1997, el Ayuntamiento de San Sebastián cedió gratuitamente a la Fundación INASMET un derecho de superficie por un plazo de 75 años sobre una parcela de titularidad municipal ubicada en Miramón (San Sebastián), sobre la que la Fundación INASMET ha comenzado las obras de construcción de su nueva sede social.
4.– Fundación LABEIN
El 4 de junio de 1998 Gobierno Vasco, UPV-EHU, Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao, Iberdrola, S.A., BBV, S.A., Caja Laboral Popular, Coop. De Crédito, y otros constituyeron la Fundación LABEIN, sujeta a las disposiciones de la Ley 12/1994 de Fundaciones del País Vasco. La dotación patrimonial inicial presenta el siguiente desglose:
Millones-ptas.
FUNDADOR	IMPORTE
Aportación dineraria, sector privado	221
Iberdrola, S.A., terreno en Burceña	194
Gobierno Vasco, Lab. José de Torróntegui	438
TOTAL	853
Los Laboratorios de Ensayos e Investigaciones Industriales "L. J. Torróntegui", aportados por el Gobierno Vasco, fueron creados por Orden conjunta de los Ministerios de Industria y Educación Nacional el 31 de agosto de 1965, y, constituían un Centro de Investigación Tecnológica con carácter de establecimiento anejo a la Escuela Superior de Ingenieros Industriales de Bilbao.
En 1980 el Estado traspasó a la CAPV los Laboratorios, que fueron extinguidos en 1997 por acuerdo de su patronato, ratificado por el Consejo del Gobierno Vasco, destinándose su conjunto patrimonial a la constitución de la Fundación LABEIN.
De acuerdo con los Estatutos, la composición del patronato se integra por ocho vocales natos que representan a las Instituciones Fundadoras originarias y entre doce y diecisiete vocales electivos que asumen la representación del mundo empresarial y otras instituciones.
Los Vocales Natos corresponden al Gobierno Vasco (2), a la Diputación Foral de Bizkaia (1), a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (3), a la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao (1) y al Ayuntamiento de Bilbao (1).
Los Vocales Electivos son nombrados por los miembros del Patronato de entre los candidatos presentados en su representación por las empresas o instituciones que no sean vocales natos, que sean miembros fundadores o miembros de número equiparados a los fundadores.
5.– Fundación LEIA
La Fundación LEIA, sujeta a las disposiciones de la Ley 12/1994 de Fundaciones del País Vasco, se constituyó el 6 de julio de 1995. Su finalidad principal es promocionar, fomentar, desarrollar y ayudar a nuevas iniciativas empresariales en cualquier rama de actividad y preferentemente en aquellas que determinen investigación y desarrollo tecnológico e innovación tecnológica.
La dotación patrimonial de LEIA se compone de las siguientes aportaciones:
Millones-ptas.
FUNDADOR	IMPORTE
Diputación Foral de Álava	50
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz	30
Caja de Ahorros de Vitoria y Álava	10
Sindicato Empresarial Alavés y (SEA)	100
entidades vinculadas
TOTAL	190
A lo largo del ejercicio 1996 la Fundación asumió las actividades que hasta ese momento desarrollaba la Asociación para la Gestión de Laboratorios de Ensayos Industriales de Álava – LEIA, constituida en 1988 por la Diputación Foral de Álava, el Sindicato Empresarial Alavés, la Agrupación Vasca de Centros de Investigación (EITE) y dos personas físicas, al amparo de la Ley del Parlamento Vasco 3/1988, reguladora de las Asociaciones.
Durante los ejercicios 1996 a 1999 la Fundación ha utilizado equipos e instalaciones propiedad de la Asociación, por cuyo alquiler ha abonado 4 millones de pesetas anuales, aproximadamente. Durante el año 2000 la Fundación ha registrado por un importe neto de 10 millones de pesetas bienes, derechos y obligaciones recibidos de la Asociación, como consecuencia de la transmisión del patrimonio empresarial. Este importe ha sido aportado a Fundación LEIA en concepto de dotación fundacional correspondiente al socio fundador Sindicato Empresarial Alavés (SEA) y entidades vinculadas.
A la fecha de este informe la Asociación no ha sido disuelta, si bien no realiza actividad alguna.
El edificio e instalaciones donde la Fundación desarrolló inicialmente su actividad era propiedad de la Sociedad Pública Foral PRINIA.
El terreno y los edificios donde Fundación LEIA realiza actualmente su actividad fueron adquiridos en 1997 por 213 millones de pesetas a Alava, Agencia de Desarrollo, financiándose mediante el pago aplazado concedido por el vendedor a 20 años y con un interés anual del 3%.
Durante el periodo fiscalizado, la Fundación LEIA ha realizado compras y ventas a empresas del SEA por importe de 337 y 772 millones de pesetas, respectivamente.
6.– Fundación ROBOTIKER
La asociación Centro Tecnológico ROBOTIKER se constituyó el 1 de julio de 1985, como asociación sin ánimo de lucro. Los miembros de la Asociación podían ser fabricantes de sistemas y productos de automatización, usuarios de tales sistemas o entidades sin ánimo de lucro públicas o privadas.
El 20 de diciembre de 1996 la Asamblea General de la Asociación Centro Tecnológico ROBOTIKER acordó crear la Fundación ROBOTIKER, mediante la aportación de la empresa en marcha Centro Tecnológico ROBOTIKER y que estaba formada por la totalidad de los activos y pasivos afectos a la misma y que de acuerdo con su balance cerrado al 31 de diciembre de 1996 ascendía a 314 millones de pesetas.
Su objeto social es la promoción y el desarrollo de cuantas actividades de investigación científica e impulso a la innovación tecnológica sean de interés para las empresas en general.
De acuerdo con el artículo 16 de sus Estatutos, en su patronato deben figurar dos miembros que representen a los Departamentos del Gobierno Vasco con competencias en investigación, un miembro a la Diputación Foral de Bizkaia, un miembro a la Universidad del País Vasco, cuatro miembros designados de entre las empresas colaboradoras en régimen especial y cuatro miembros de entre las empresas colaboradoras no calificadas como empresas de régimen ordinario.
Fundación ROBOTIKER desarrolla su actividad en un edificio arrendado a Azpiegitura, S.A. (sociedad pública dependiente de la Diputación Foral de Bizkaia), situado en el Parque Tecnológico de Zamudio, por el que se pagan 27 millones de pesetas anuales, aproximadamente.
Durante el ejercicio 2001, Azpiegitura, S.A. ha vendido estos locales a Adefisa Leasing EFC, S.A., por 422 millones de pesetas.
El artículo 35 de los Estatutos de establece que los bienes y derechos que, en su caso, resulten de la liquidación de la Fundación, se destinarán a la Diputación Foral de Bizkaia, para su aplicación a la realización de fines análogos a los realizados por la Fundación.
7.– Fundación TEKNIKER
La Asociación de Investigación TEKNIKER, fundada en 1981, aprobó en 1995 la constitución de una fundación de investigación sujeta a las disposiciones de la Ley 12/1994 de Fundaciones del País Vasco.
La dotación patrimonial inicial realizada de la fundadora a la Fundación TEKNIKER consistió en la aportación, con carácter universal, de todos sus activos y pasivos registrados al 31 de diciembre de 1995, que quedó fijada en 674 millones de pesetas, según resulta del Balance auditado a dicha fecha.
El objeto y finalidad de la Fundación TEKNIKER son la promoción y el desarrollo de cuantas actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico sean de interés para la industria en general
Entre los 18 miembros del patronato de la Fundación TEKNIKER figuran dos miembros en representación del Gobierno Vasco, uno de la Diputación Foral de Guipúzcoa, uno del Ayuntamiento de Elgoibar y otro de la Asociación de Antiguos Alumnos de la Escuela de Armería de Eibar.
El artículo 34 de sus Estatutos establece que los bienes y derechos que, en su caso, resulten de la liquidación de la Fundación, se destinarán a la Asociación de Antiguos Alumnos de la Escuela de Armería de Eibar, para su aplicación a la realización de fines análogos a los realizados por la Fundación.
II.3.– Centros Sectoriales de Investigación
1.– Centro de Investigación Tecnológica CIDEMCO
El Centro de Investigación Tecnológica CIDEMCO se constituyó como sociedad civil el 11 de abril de 1988. El 6 de junio de 1995 se disolvió, aportando el patrimonio de la misma a la asociación Centro de Investigación Tecnológica CIDEMCO, sujeta a las disposiciones de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, de Asociaciones.
Su objeto social es el desarrollo de acciones encaminadas a hacer progresar la tecnología, la calidad, la competitividad y la expansión de los sectores nacionales e internacionales del amueblamiento, carpintería en la construcción, industrias de transformación de la madera y empresas complementarias a estos sectores industriales.
Del Fondo Social a 31 de diciembre de 2000, por importe de 6 millones de pesetas, 5 millones es patrimonio proveniente de la extinguida sociedad civil. Todos sus socios son empresas relacionadas con el sector del mueble.
2.– Fundación AZTI-AZTI Fundazioa
El 28 de noviembre de 1997, AZTI, S.A. (sociedad participada al 100% por la Administración de la CAE) actualmente denominada NEIKER-Instituto Vasco de Investigación y Desarrollo Agrario, S.A. junto con Tecnología eta Ikerketa Zentrua, S.L. (TEIZE, S.L.) constituyó la Fundación AZTI, sujeta a lo dispuesto en la Ley 12/1994 de Fundaciones del País Vasco. La dotación fundacional ascendió a 252 millones de pesetas. NEIKER S.A. aportó, por segregación, su actividad dedicada a la investigación y el estudio de las ciencias agroalimentarias, pesqueras, oceanográficas, ambientales y, en general, relacionadas con los recursos naturales y el medio ambiente.
Posteriormente la Administración de la CAE y NEIKER, S.A. han realizado sendas aportaciones en concepto de dotación fundacional por importe de 270 y 91 millones de pesetas, respectivamente, por lo que a 31 de diciembre de 2000 el total de aportaciones efectuadas ha sido:
Millones-ptas.
ENTIDAD	IMPORTE
NEIKER, S.A.	333
Admón. CAE	270
Teize, S.L.	10
TOTAL	613
Los fines de la Fundación son la promoción de la investigación y el estudio de las ciencias agroalimentarias, oceanográficas, pesqueras, de medio ambiente y en general relacionadas con los recursos naturales.
Las oficinas han estado ubicadas en dos edificios, propiedad el primero de la Administración de la CAE desde el 28 de febrero de 1999 en virtud de una permuta acordada con la Diputación Foral de Bizkaia, y de la Diputación Foral de Gipuzkoa, el segundo. El uso de dichos edificios ha estado cedido de forma gratuita a la Fundación. En diciembre de 2000, la Fundación ha desalojado el segundo edificio, al pasar a uno de nueva construcción.
Los costes incurridos en relación con este centro de trabajo, que se prevé finalizar a mediados de 2001, ascienden a 365 millones de pesetas, al que hay que añadir un coste estimado de equipamiento de 21 millones de pesetas.
Este centro se ha construido ocupando 1.440 m2 de dominio público portuario. Esta ocupación está amparada en la concesión, por un plazo de 30 años a partir de 1999, de los terrenos e instalaciones sobre los que se asienta el edificio, con el destino exclusivo de realización de actividades de investigación.
Con objeto de sufragar estas obras NEIKER, S.A. ha aportado durante el ejercicio 2000, en concepto de dotación fundacional, 91 millones de pesetas. Asimismo la Fundación ha percibido subvenciones por un total de 190 millones de pesetas destinadas a la construcción de este edificio, de acuerdo con el siguiente detalle:
Millones-ptas.
ENTIDAD	IMPORTE
Diputación Foral de Gipuzkoa	100
Gobierno Vasco	50
Ministerio de Ciencia y Tecnología	40
TOTAL	190
A 31 de diciembre de 2000 los patronos de la Fundación ascendían a 14. De ellos, siete son elegidos por designación expresa del Consejo de Administración de NEIKER, S.A. debiendo ser 5 miembros del Gobierno Vasco y los otros dos representar al sector extractivo pesquero. Los siete restantes son elegidos por designación expresa del Consejo de Administración de Teize, S.L.
II.4.– Organismos intermedios de innovación
1.– Fundación de Investigación de la Máquina-Herramienta – INVEMA
La Asociación de Investigación Industrial de la Máquina Herramienta-INVEMA se constituyó acogiéndose al Decreto 1765/1961 y con arreglo a las disposiciones del mismo. Estaba formada por la Asociación Española de Fabricantes de Máquinas-Herramienta (AFM), los fabricantes de máquinas-herramienta asociados a AFM y por otras cuatro sociedades relacionadas con la máquina-herramienta.
El 22 de diciembre de 1997 INVEMA, Asociación de Investigación Industrial de la Máquina-Herramienta se transformó en INVEMA, Fundación de Investigación de la Máquina-Herramienta, y fue inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes del Ministerio de Educación y Cultura por resolución de 8 de junio de 1998.
Esta Fundación está sujeta a las disposiciones de la Ley 30/1994 de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y disposiciones complementarias. De su patronato, compuesto por 10 miembros, forma parte la Administración General del Estado a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Su finalidad fundacional es el estudio y la investigación de las mejoras técnicas en la fabricación y utilización de las máquinas-herramienta y de los elementos que las componen, así como el asesoramiento sobre estas y su divulgación entre las empresas.
La dotación patrimonial inicial, por importe de 14 millones de pesetas, se realizó por la Fundadora mediante la aportación, con carácter universal, de la empresa en marcha de la que es titular, formada por la totalidad de los activos y pasivos afectos a la misma, según balance de la Fundadora cerrado al 31 de diciembre de 1997.
2.– Instituto Técnico de la Estructura en Acero (ITEA)
La asociación Instituto Técnico de la Estructura en Acero fue constituida el 2 de marzo de 1999, al amparo de lo dispuesto en la Ley 191/1964 de Asociaciones, por los socios de la sociedad Instituto Técnico de la Estructura en Acero, S.L., todos ellos empresas productoras de acero estructural, centros de distribución y servicios, así como fabricantes de estructura.
Su objeto social lo constituye el fomento de la aplicación del acero en la construcción y el estudio de posibles alternativas de consumo de estos productos, así como cualquier operación, acto o negocio jurídico inherente al ramo de la estructura metálica.
La asociación dispone de un local para la gestión de sus actividades propiedad del Ayuntamiento de Ordizia, que se halla cedido sin contraprestación alguna.
Conclusiones
1.– El proceso de Transformación jurídica en Fundaciones
En la memoria del Programa Tecnología del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca de los Presupuestos Generales de la CAE para el año 1995 se incluye entre las actuaciones a desarrollar, el diseño de la consolidación estructural y jurídica de los Centros Tecnológicos Tutelados. En los presupuestos de los ejercicios 1996 y 1997, se prevé modificar la estructura societaria y jurídica de los Centros Tecnológicos con participación de empresas industriales, proceso que, de acuerdo con los Presupuestos Generales de la CAE para el ejercicio 1998, finalizaba en dicho ejercicio.
El Plan de Ciencia y Tecnología para el periodo 1997-2000 al analizar, dentro de la infraestructura de soporte tecnológico del País Vasco, la situación de los Centros Tecnológicos, señalaba la necesidad de que éstos se dotasen de estructuras jurídicas más sólidas y con una mayor implicación empresarial. La idea directora del nuevo modelo de funcionamiento para los Centros Tecnológicos parte de aceptar que en el nuevo entorno competitivo industrial la captación e identificación de la tecnología se produce básicamente en el mercado. Este cambio de enfoque recomendaba la modificación de las estructuras societarias de los centros de forma que existiese una verdadera implicación de las empresas privadas en su funcionamiento y desarrollo.
En cuanto a la obtención de nuevas fuentes de financiación (objetivo estratégico del proceso de transformación) los agentes, tras su transformación en fundaciones, han recibido aportaciones fundacionales de entidades privadas hasta 31 de diciembre de 2000 por los siguientes importes:
IMPORTE
CENTRO	Miles 	Millo
	de euros	nes-ptas.
undación GAIKER	109	18
Fundación INASMET	258	43
Fundación LABEIN	2.494	415
Fundación LEIA	661	110
Fundación ROBOTIKER	144	24
TOTAL	3.666	610
2.– Contratación de las fundaciones con los miembros de sus órganos de gobierno
El artículo 14 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de fundaciones del País Vasco establece que los miembros del órgano de gobierno no podrán contratar con la fundación, ya sea en nombre propio o de un tercero, salvo autorización del Protectorado.
El artículo 39 del reglamento de organización y funcionamiento del protectorado y del registro de fundaciones del País Vasco, (Decreto 404/1994) establece que los miembros del órgano de gobierno que pretendan contratar con la fundación habrán de presentar ante el Protectorado la solicitud correspondiente, así como la documentación necesaria que justifique suficientemente la inexistencia de contraposición de intereses en relación con la contratación a llevar a cabo. El expediente de autorización se resolverá por el Protectorado, previo informe favorable del Departamento del Gobierno Vasco competente, y se entenderá resuelto por silencio administrativo una vez transcurrido el plazo de tres meses a contar desde la fecha de presentación al Protectorado.
En las entidades de la Red Vasca de Tecnología e Innovación, las empresas-patronos son, asimismo, los principales clientes de la entidad, por lo que les afectan en gran medida las restricciones a la contratación indicadas en el párrafo anterior.
Durante el periodo fiscalizado las fundaciones no han solicitado al Protectorado las autorizaciones previstas en la Ley, habiéndose limitado a comunicar al mismo las contrataciones realizadas.
La facturación por servicios prestados a empresas que son, a la vez, miembros de sus patronatos ha sido:
	 Miles de euros	Millones-ptas.
FUNDACIÓN	INGRESOS	GASTOS	INGRESOS	GASTOS
Fundación AZTI-AZTI Fundazioa	925	6	(1) 154	1
Fundación Centro de Tecnologías Aeronáuticas (CTA)	974	 950	(2) 162	158
Fundación Centros Tecnológicos para el Fomento de la Tecnología	10.331	-	1.719	-
Fundación CIDETEC	403	-	67	-
Fundación FATRONIK	1.569	54	261	9
Fundación EUSKOIKER	974	-	162	-
Fundación GAIKER	1.136	102	189	17
Fundación INASMET	4.634	-	771	-
Fundación LABEIN	1.412	186	235	31
Fundación LASSOA	-	42	-	7
Fundación ROBOTIKER	3.876	-	645	-
Fundación TEKNIKER (3)	No disponible		
TOTAL	26.234	1.340	4.365	223
(1) Importes facturados a empresas con representantes en el Patronato, nominativamente designados.
(2) No se incluyen los importes facturados a sociedades del Grupo Gamesa, por importe de 84 miles de euros (14 millones de pesetas), ni al Cluster de Aeronáutica – Hegan, al que pertenecen las empresas del sector por 448 miles de euros (74 millones de pesetas).
(3) Los miembros del Patronato son personas físicas, nombradas por la asociación TEKNIKER (entidad fundadora) o por el mismo Patronato. Fundación TEKNIKER no dispone de datos referentes a las empresas a las que pertenecen.
3.– Disposición de remanentes
Aquellas asociaciones (Centros Tecnológicos Gaiker y Robotiker) cuyos estatutos establecían que en el supuesto de disolución el remanente, si lo hubiere, sería destinado a la Diputación Foral de Bizkaia para su aplicación a fines similares han mantenido esta garantía en favor de la Diputación Foral de Bizkaia en los estatutos de las nuevas fundaciones.
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