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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 7, lunes 13 de enero de 2003


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Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
187

DECRETO 327/2002, de 30 de diciembre, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la suscripción de la ampliación de capital y a la modificación de los Estatutos Sociales de la Sociedad Pública Mendikoi Nekazaritza Garapenerako Institutoa, A.B.

Con fecha 26 de noviembre de 2002, el Consejo de Administración de la Sociedad MENDIKOI, S.A. adoptó el acuerdo de proponer a la Junta General de Accionistas la ampliación del Capital Social fijado actualmente en seiscientos veintisiete mil trescientos (627.300) euros, totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como socio único, representado por 18.000 acciones nominativas de treinta y cuatro con ochenta y cinco (34,85) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 18.000 ambos inclusive, en la suma de trescientos mil quinientos ochenta y uno con veinticinco (300.581,25) euros, fijándose definitivamente en la cifra de novecientos veintisiete mil ochocientos ochenta y uno con veinticinco (927.881,25) euros, mediante la emisión de 8.625 nuevas acciones nominativas, numeradas correlativamente de la 18.001 a la 26.625 y con una prima de emisión total de cuatro millones quinientos treinta y tres mil trescientos veintisiete con veinticinco (4.533.327,25) euros. Las acciones serán íntegramente desembolsadas en el momento de la suscripción.

El artículo 44.1 de la Ley 14/1983 de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que la creación de Sociedades de cualquier clase, así como la adquisición de participaciones de las mismas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, serán autorizadas por Decreto, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la empresa haya de depender administrativamente.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 30 diciembre de 2002,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la adquisición de la ampliación de capital social, que, en su caso, acuerde la Junta General de Accionistas de la Sociedad MENDIKOI, S.A. fijado actualmente en seiscientos veintisiete mil trescientos (627.300) euros, totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como socio único, representado por 18.000 acciones nominativas de treinta y cuatro con ochenta y cinco (34,85) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 18.000 ambos inclusive, en la suma de trescientos mil quinientos ochenta y uno con veinticinco (300.581,25) euros, fijándose definitivamente en la cifra de novecientos veintisiete mil ochocientos ochenta y uno con veinticinco (927.881,25) euros, mediante la emisión de 8.625 nuevas acciones numeradas correlativamente de la 18.001 a la 26.625 y con una prima de emisión total de cuatro millones quinientos treinta y tres mil trescientos veintisiete con veinticinco (4.533.327,25) euros. Las acciones serán íntegramente desembolsadas en el momento de la suscripción.

Artículo 2.– Facultar al Director de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Administración Pública para realizar cuantas actuaciones y suscribir cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 3.– Modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales que quedara redactado como sigue:

"El capital social de la compañía se fija en la cantidad de novecientos veintisiete mil ochocientos ochenta y uno con veinticinco (927.881, 25) euros, dividido en veintiséis mil seiscientas veinticinco (26.625) acciones nominativas, de cincuenta y uno con cincuenta y cinco (34,85) euros de valor nominal cada una de ellas, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente desde la número 1 a la 26.625."

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 30 de diciembre de 2002.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Agricultura y Pesca,

GONZALO SÁENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.


Análisis documental