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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, jueves 14 de noviembre de 2002


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
6457

ORDEN de 14 de octubre de 2002, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, de segunda modificación de la Orden por la que se regula la impartición del Bachillerato en horario nocturno en los centros de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Orden de 15 de septiembre de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, posteriormente modificada por la Orden de 1 de febrero de 2000, regula la impartición del Bachillerato en horario nocturno en los centros de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Decreto 170/2002, de 9 de julio, ha modificado la distribución horaria de las diferentes materias del Bachillerato. Resulta por ello necesario modificar el Anexo de la citada Orden para adaptar la distribución horaria de las materias del Bachillerato Nocturno a lo dispuesto con carácter general en el mencionado Decreto.

La Disposición Final Primera del citado Decreto autoriza a la Consejera de Educación, Universidades e Investigación para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del mismo.

En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido asignadas,

DISPONGO:

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2> <P ALIGN="JUSTIFY">Artículo único.– 1.– Se sustituye el Anexo de la Orden de 15 de septiembre de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula la impartición del Bachillerato en horario nocturno en los centros de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, por el Anexo I de la presente Orden.

2.– La distribución horaria establecida en este Anexo I se aplicará a partir del curso 2003-2004.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Durante el curso 2002-2003 se aplicará la distribución horaria de materias del Bachillerato impartido en horario nocturno que se recoge en el Anexo II del presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2> <P ALIGN="JUSTIFY">Primera.– Se autoriza al Director de Centros Escolares para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la interpretación, aplicación y desarrollo de la presente Orden.

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2> <P ALIGN="JUSTIFY">Segunda.– La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de octubre de 2002.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,

ANJELES IZTUETA AZKUE.

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2><P>ANEXO I

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman"

DISTRIBUCIÓN Y HORARIO SEMANAL DE LAS MATERIAS DEL BACHILLERATO IMPARTIDO EN HORARIO
NOCTURNO A PARTIR DEL CURSO 2003-2004
1er. AÑO ACADÉMICO

&#9;MATERIAS&#9;HORAS

&#9;

&#9;Lengua y Literatura de 1er. Curso&#9;3

&#9;Euskera y Literatura de 1er. Curso&#9;3

&#9;Religión / Alternativa (a elegir)&#9;2

&#9;3 materias de modalidad de 1er. Curso de 4 horas semanales cada una&#9; 12

&#9;TOTAL&#9;20

2.º AÑO ACADÉMICO

&#9;MATERIAS&#9;HORAS

&#9;Filosofía I&#9;2

&#9;Lengua Extranjera de 1er. Curso&#9;4

&#9;1 materia optativa de 1er. Curso&#9;4

&#9;Lengua y Literatura de 2.º Curso&#9;3

&#9;Euskera y Literatura de 2.º Curso&#9;3

&#9;1 materia optativa de 2.º Curso&#9;4

&#9;TOTAL&#9;20&#9;

3er. AÑO ACADÉMICO

&#9;MATERIAS&#9;HORAS

&#9;Filosofía II&#9;3

&#9;Historia&#9;3

&#9;Lengua Extranjera de 2.º Curso&#9;2

&#9;3 materias de modalidad de 2.º Curso de 4 horas semanales cada una&#9; 12

&#9;TOTAL&#9;20

OBSERVACIÓN: Las materias de modalidad de 1er. y 2.º Curso serán las que figuran en el Anexo I del Decreto 170/2002, de 9 de julio, de tercera modificación del Decreto por el que se establece la regulación del Bachillerato, las enseñanzas de Formación Profesional y las directrices sobre sus títulos y se dispone su implantación.

ANEXO II
DISTRIBUCIÓN Y HORARIO SEMANAL DE LAS
MATERIAS DEL BACHILLERATO IMPARTIDO EN HORARIO NOCTURNO DURANTE EL CURSO
2002-2003
1er. AÑO ACADÉMICO

&#9;MATERIAS&#9;HORAS&#9;

&#9;Lengua y Literatura de 1er. Curso&#9;3&#9;

&#9;Euskera y Literatura de 1er. Curso&#9;3&#9;

&#9;Religión / Alternativa (a elegir)&#9;2&#9;

&#9;3 materias de modalidad de 1er. Curso de 4 horas semanales cada una&#9; 12&#9;

&#9;TOTAL&#9;20&#9;

2.º AÑO ACADÉMICO

&#9;MATERIAS&#9;HORAS&#9;

&#9;Filosofía I&#9;2&#9;

&#9;Lengua Extranjera de 1er. Curso&#9;4&#9;

&#9;1 materia optativa de 1er. Curso&#9;4&#9;

&#9;Lengua y Literatura de 2.º Curso&#9;3&#9;

&#9;Euskera y Literatura de 2.º Curso&#9;3&#9;

&#9;1 materia optativa de 2.º Curso&#9;4&#9;

&#9;TOTAL&#9;20&#9;

3er. AÑO ACADÉMICO

&#9;MATERIAS&#9; HORAS&#9;

&#9;

&#9;Historia&#9;4&#9;

&#9;Lengua Extranjera de 2.º Curso&#9;4&#9;

&#9;3 materias de modalidad de 2.º Curso de 4 horas semanales cada una&#9; 12&#9;

&#9;TOTAL&#9;20&#9;

OBSERVACIÓN: Las materias de modalidad de 1er. y 2.º Curso serán las que figuran en el Anexo II del Decreto 170/2002, de 9 de julio, de tercera modificación del Decreto por el que se establece la regulación del Bachillerato, las enseñanzas de Formación Profesional y las directrices sobre sus títulos y se dispone su implantación.


Análisis documental