
N.º 122, viernes 28 de junio de 2002
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Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
3772
DECRETO 136/2002, de 11 de junio, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Urbanización del nuevo vial de acceso peatonal y rodado al Barrio Bideaur".
Mediante Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano de fecha 4 de febrero de 2002, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Urbanización del nuevo vial de acceso peatonal y rodado al Barrio Bideaur". En la misma sesión se acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
El Barrio de Bideaur (constituido por un grupo de viviendas en las que habitan alrededor de 300 personas) dispone en la actualidad de un único acceso peatonal y rodado, constituido por un estrecho camino asfaltado sin aceras, de una anchura media de tres a cuatro metros, en el cual la circulación diaria de peatones y vehículos se ve seriamente entorpecida, con el consiguiente peligro de colisiones de vehículos y atropello de personas.
El Proyecto contempla las obras correspondientes a la urbanización de un nuevo vial, constituido por una única acera peatonal de dimensión adecuada para dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de accesibilidad, y por una zona asfaltada de anchura suficiente para permitir el cruce de vehículos y garantizar unas condiciones óptimas de seguridad y comodidad para el usuario
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de junio de 2002.
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de Urbanización del nuevo vial de acceso peatonal y rodado al Barrio Bideaur"
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de junio de 2002.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Ordenación del Territorio
y Medio Ambiente,
SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.
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