
N.º 113, lunes 17 de junio de 2002
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Sanidad
3503
RESOLUCIÓN n.º 85/2002, de 17 de junio, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se da cumplimiento a las sentencias n.º 319/00, 583/00, 603/00 y 930/00, de 30 de marzo, 14 y 22 de junio, y 19 de octubre, respectivamente, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que estima los respectivos recursos interpuestos por Dña. Casilda Fernández Villaverde, Dña. Encarnación Padilla Gorriti, Dña. Rosa Álamo Pineda y Dña. M.ª Victoria Molins Artola frente a sendos Acuerdos del Consejo de Administración del ente público, desestimatorios de los recursos ordinarios deducidos contra la Resolución 356/1997, de 13 de marzo, del Director General del ente público.
Vistas las sentencias cuyos fallos se llevan a efecto mediante la presente, dadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, estimatorias de las pretensiones de las recurrentes Dña. Casilda Fernández Villaverde, Dña. Encarnación Padilla Gorriti, Dña. Rosa Álamo Pineda y Dña. M.ª Victoria Molins Artola, quienes impugnaban la relación definitiva de aspirantes que habían superado la fase de oposición en la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas vacantes de técnico especialista en radiodiagnóstico en las Instituciones Sanitarias del Organismo Autónomo, aprobada en virtud de la Resolución n.º 356/1997, de 13 de marzo, del Director General, y vistas igualmente las actuaciones administrativas obrantes en el expediente del que trae aquélla su causa, le son de aplicación los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero.– El proceso administrativo sobre algunas de cuyas actuaciones se pronuncia el Tribunal Superior de Justicia es el tramitado al objeto de la provisión de plazas vacantes de técnico especialista en radiodiagnóstico en las Instituciones Sanitarias, en el cual han tenido lugar los siguientes actos:
1.– La convocatoria y las bases reguladoras de las pruebas selectivas se aprobaron en virtud de la Resolución 28/1996, de 17 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicadas en el BOPV n.º 15, de 22 de enero de 1996, modificándose las bases relativas al reconocimiento de servicios prestados mediante la Resolución 240/1996, de 13 de febrero (BOPV n.º 38, de 22 de febrero de 1996).
La convocatoria comprendía una oferta de veinte plazas, reservándose el cincuenta por ciento para su cobertura en promoción interna.
La redacción que presenta el epígrafe B) del baremo de méritos (Anexo III), correspondiente a la valoración de la experiencia profesional, tras la mencionada corrección de errores, es la siguiente:
"Por cada mes de servicios prestados en la categoría de Técnico Especialista en la especialidad de la plaza solicitada en las Instituciones Sanitarias de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de los Servicios de salud de las Comunidades Autónomas o de la Seguridad Social o en cualquier Administración Pública 0,50.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.
Al concursante que, en aplicación de este apartado del baremo, obtenga la máxima puntuación le corresponderán 30 puntos, obteniéndose las puntuaciones de los demás aspirantes por aplicación de la proporción que de esta regla se derive."
2.– Mediante Resolución 356/1997, de 13 de marzo, del Director General, se aprobó la relación definitiva de los aspirantes que habían superado la fase de oposición en la convocatoria y en la especialidad de radiodiagnóstico y se comunicó a los aspirantes la forma de elección de plaza (BOPV n.º 71, de 16 de abril de 1997).
3.– La adjudicación de las plazas vacantes y consiguiente nombramiento del personal seleccionado tuvo lugar a través de la Resolución 875/1997, de 12 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (BOPV n.º 126, de 3 de julio de 1997).
Segundo.– Recurrida en vía administrativa la Resolución 356/1997, de 13 de marzo, y desestimados los recursos ordinarios por el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud mediante sendos Acuerdos de 29 de julio de 1997, los interpuestos por Dña. Encarnación Padilla Gorriti y Dña. Rosa Álamo Pineda, y de 30 de julio de 1997, los promovidos por Dña. Casilda Fernández Villaverde y Dña. M.ª Victoria Molins, las aspirantes interpusieron recurso contencioso-administrativo en demanda de valoración de los servicios prestados, en el epígrafe B del baremo de méritos, conociéndose en los autos n.º 5318/97, 5319/97, 5320/97 y 5321/97.
Los fallos judiciales pronunciados en resolución de los correspondientes recursos estiman los recursos, declarando disconformes a derecho los actos recurridos, los cuales anulan, previa argumentación, en la fundamentación jurídica de las sentencias, que "los servicios prestados por la recurrente en régimen de promoción interna temporal en la categoría de Técnico Especialista de Radiodiagnóstico deben computar de acuerdo con la base 6.3.2.1.a), a razón de 0, 50 puntos por mes, y ello porque la citada base valora los servicios prestados en la categoría con independencia y abstracción del régimen jurídico en que hayan sido prestados, lo cual tiene perfecta lógica, en la medida en que el fundamento último de dicho mérito es la experiencia adquirida durante su desempeño, experiencia que se adquiere sea cual sea el régimen de provisión."
En segundo lugar, la Sala declara el derecho de las recurrentes a que les sea computado como experiencia profesional el tiempo de servicios prestados en la categoría en programas de promoción interna temporal.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
I
Corresponde a la Directora de Recursos Humanos del Ente Público resolver en materia de ejecución de sentencias cuando la demandada sea Osakidetza-Servicio vasco de salud, en ejercicio de la delegación de funciones en materia de personal dada en virtud de la Resolución 514/1999, de 14 de mayo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicada en el BOPV n.º 158, de 19 de agosto de 1999.
II
En la tramitación de este procedimiento, se ha dado audiencia a los interesados, observando lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley 30/1994, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
III
En aplicación de la presunción de validez de los actos de las Administraciones públicas sujetos al derecho administrativo y de la ejecutoriedad inmediata de que se hallan dotados, plasmados ambos en los artículos 57 y 94 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 30/1999, de 13 de enero, tanto el acto que ha sido objeto de recurso como los actos subsiguientes han dispuesto de su debido cumplimiento.
Sin embargo, esta presunción de validez está sometida a lo que puedan dictaminar los Juzgados y Tribunales en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, y cuyos mandatos firmes reciben la consideración legal de obligatorios. Así lo consagran los artículos 117.3 y 118 de la Constitución Española y lo reflejan, en el orden judicial administrativo, los artículos 103.1 y 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
De ahí que, en la diligencia de toma de posesión de todos los nombramientos de personal emitidos por este Ente en la conclusión de los procesos de provisión y acceso a la administración, se haga constar expresamente la supeditación de su eficacia a la resolución de las impugnaciones que pudieran promoverse.
IV
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 de la precitada Ley 29/1998, de 13 de julio, otros aspirantes del turno de promoción interna del proceso selectivo en que nos encontramos han solicitado, en ejecución de la sentencia, se les extiendan los efectos de la disposición judicial, solicitudes que, seguidos los trámites regulados en el mencionado precepto, han concluido estimatoriamente.
V
La declaración de nulidad del acto impugnado con que se resuelve el recurso contencioso-administrativo significa su adecuación en aquellos extremos que la sentencia manifiesta disconformes a derecho, y, en su caso, de cuantos otros traigan su causa de aquél.
Así, la propia resolución que se impugna –Resolución 356/1997, de 13 de marzo- ha de modificarse en lo concerniente a la puntuación otorgada a los aspirantes que, tomando parte en el proceso selectivo en su turno restringido de promoción interna, hubiesen acreditado en tiempo y forma la prestación de servicios en la categoría al amparo de una comisión de servicios, modalidad de vínculo por el que se instrumenta la promoción interna temporal, y ello, atendido el carácter general que ha de revestir una nulidad con respecto a todos los interesados en el procedimiento en los que concurra una identidad con el supuesto de hecho alegado por la parte actora y siempre en aras a evitar el quebranto del principio de igualdad en el acceso a la función pública.
La revisión de las actuaciones, a fin de acomodarlas a derecho, en los términos fijados en la sentencia, da lugar a la relación definitiva de aspirantes del turno de promoción interna que han superado la fase de oposición, la cual se aprueba y se da a conocer mediante anexo que acompaña a la presente resolución.
En segundo lugar, derivado de la nueva configuración del orden definitivo de aspirantes y de la opción de destinos por ellos formulada, la relación del personal seleccionado para la cobertura de los puestos se ve igualmente afectada, con la consiguiente necesidad de adecuar la adjudicación de los destinos ofertados, aprobada en virtud de la Resolución 875/1997, de 12 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Mediante anexo integrante de esta resolución, y con distinción del turno de participación, se mencionan los aspirantes y sus correspondientes destinos, el cual va referido exclusivamente a aquel personal que bien accede por primera vez a uno de los puestos incluidos en la convocatoria bien sufre alteración del destino obtenido en la resolución del proceso selectivo previo a su impugnación.
Amén de tales cambios que se hace obligado introducir en la mentada resolución, sucede que los aspirantes D. Luis Ángel Larreategui Arregui y Dña. Irene Cruz Fernández que, de acuerdo a la misma, obtuvieron la titularidad de uno de los destinos, decaen ambos, aquél en razón a la elección de destinos cumplimentada y ésta debido a su actual posición en la relación definitiva, en su derecho a acceder a uno de los puestos reservados al personal que participa en el turno de promoción interna.
En definitiva y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, conservarán su eficacia todos aquellos actos y trámites, total o parcialmente, que no son objeto de mención expresa.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.– Disponer el cumplimiento de las sentencias n.º 319/00, 583/00, 603/00 y 930/00, de 30 de marzo, 14 y 22 de junio, y 19 de octubre, respectivamente, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que estima los respectivos recursos interpuestos por Dña. Casilda Fernández Villaverde, Dña. Encarnación Padilla Gorriti, Dña. Rosa Álamo Pineda y Dña. M.ª Victoria Molins Artola frente a sendos Acuerdos del Consejo de Administración del ente público, desestimatorios de los recursos ordinarios deducidos contra la Resolución 356/1997, de 13 de marzo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (BOPV n.º 71, de 16 de abril de 1997).
Segundo.– Sustanciar la ejecución del fallo judicial en base a los siguientes trámites:
1.º Modificar la Resolución 356/1997, de 13 de marzo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en los términos que resultan del contenido del anexo I de esta resolución, que refleja la relación de la totalidad de los aspirantes del turno de promoción interna que superaron la fase de oposición, por el orden de su puntuación.
2.º Modificar la Resolución 875/1997, de 12 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dada para la adjudicación de los destinos y el nombramiento del personal seleccionado. El anexo II relaciona los aspirantes y destinos objeto de cambio, con distinción de su correspondiente turno de promoción interna o libre.
3.º Disponer la conservación de cuantos otros actos y trámites no resultan afectados por lo dispuesto en la presente resolución.
Tercero.– Dña. Casilda Fernández Villaverde y Dña. Rosa Álamo Pineda, en tanto concursantes que acceden a destino en virtud de la relación definitiva de aspirantes por orden de puntuación aprobada en ejecución de sentencia, dispondrán del plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOPV para la toma de posesión de la plaza.
La toma de posesión deberá efectuarse en la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, con sede en la Organización Central del mismo (Alava, 45, 01006 Vitoria-Gasteiz), aportando en el acto, de conformidad con lo establecido en la base 6.5.2 de la convocatoria, la siguiente documentación:
– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de técnico especialista de Formación profesional de segundo grado, rama sanitaria, en la especialidad de radiodiagnóstico, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, o haber satisfecho los derechos para su expedición. El mérito académico de titulación referido, cuando haya sido obtenido en alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, deberá estar acompañado de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido en dichos Estados.
Quienes, dentro del plazo fijado, no comparecieran provistas de la documentación mencionada o, del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 3.2 de la convocatoria, no podrán tomar posesión de la plaza de personal estatutario de plantilla que se les adjudica y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Del mismo modo, se apercibe a las interesadas que la incomparecencia a la toma de posesión, dentro del plazo, significará la pérdida de los derechos derivados de la resolución de las pruebas selectivas.
Efectuada la toma de posesión con arreglo a lo anteriormente expuesto, la incorporación a la organización de servicios correspondiente al destino adjudicado se producirá al día siguiente al de la cumplimentación de la correspondiente diligencia.
Cuarto.– Los restantes aspirantes citados en el anexo II habrán de cesar en la plaza que desempeñan dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la presente en el BOPV y tomar posesión de la nueva plaza dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese.
La toma de posesión deberá efectuarse en la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de Salud, con domicilio en la sede central del mismo (C/ Álava, 45. 01006 Vitoria-Gasteiz), aportando el documento original del nombramiento y diligencia de toma de posesión del destino que les fue adjudicado así como la acreditación documental del cese.
Quinto.– Al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el BOPV, se entenderá que D. Luis Ángel Larreategui Arregui y Dña. Irene Cruz Fernández pierden la condición de personal estatutario fijo de la categoría de técnico especialista de radiodiagnóstico y, en su caso, causan baja en el destino del que han sido titulares hasta la mencionada fecha y se reincorporarán al destino y categoría de procedencia con el mismo vínculo estatutario fijo y en iguales condiciones de trabajo de que disponían en su desempeño.
Sexto.– Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOPV, su notificación a las interesados y su comunicación a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Séptimo.– Compete al Tribunal Superior de Justicia conocer de cuanta cuestión pueda plantearse en trámites de ejecución de la sentencia, conforme a lo que disponen los artículos 103.1 y 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 17 de junio de 2002.
La Directora de Recursos Humanos del ente público
Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MARÍA JESÚS MUGICA ANDUAGA.
I. ERANSKINA / ANEXO I
ERRADIODIAGNOSTIKOKO TEKNIKARI ESPEZIALISTA / TÉCNICO ESPECIALISTA EN RADIODIAGNOSTICO
BARNE SUSTAPENEKO TXANDA / TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA
NAN	IZEN-ABIZENAK	OPOSAKETA	LEHIAKETA	GUZTIRA
DNI	NOMBRE Y APELLIDOS	OPOSICIÓN	CONCURSO	 TOTAL	
14955848	UNIBASO LINARES, JOSE IGNACIO	106,67	 15,61	122,28	
30555213	LOSA LOSA, FRANCISCO MARTIN	98,67	19,63	 118,3	
16245277	JUAREZ CORRES, MAGDALENA	98	18,28	116, 28	
15785414	GARCIA GALBETE, MARIA BELEN	102	13,44	 115,44	
17133020	CUENCA CAZO, ANGELES	109,33	6	115,33	
14556008	FLORES IRAZABAL, Mª BEGOÑA	108	5,75	113, 75	
16245461	MORAZA ANGULO, MARIA BEGOÑA	98,67	14,34	 113,01	
15236360	FERNANDEZ VILLAVERDE, CASILDA	96	15,3	 111,3	
16247205	LARREATEGUI ARREGUI, LUIS ANGEL	91,33	19, 47	110,8	
15904024	CORTES SAEZ, MARIA EUGENIA	95,33	15,02	 110,35	
15979350	OROZ UGARTE, MARIA CARMEN	102	7,89	109, 89	
31613693	GARCIA LOBATO, FRANCISCA EUGENIA	90	19, 62	109,62	
16504079	OÑATE ARNAIZ, JOSE LUIS	99,33	7,15	106, 48	
16223474	MARTINEZ BASTERRA, MARIA CRISTINA	91,33	15, 14	106,47	
15907467	ALAMO PINEDA, ROSA	93,33	13,07	106,4	
72390929	CRUZ FERNÁNDEZ, IRENE	91,33	11,64	102, 97	
13099121	RODRIGUEZ GONZALEZ, ELIAS	93,33	8,89	 102,22	
11695551	DE LUZ GIRON, Mª ISABEL	98,67	3,48	102, 15	
15896016	PADILLA GORRITI, Mª DE LA ENCARNACION	94	7, 66	101,66	
14584560	CALLEJO ROMAN, BLANCA ISABEL	88,67	12, 87	101,54	
14933220	TADEO PEREZ, MARIA ISABEL	85,33	15,37	 100,7	
16239971	MARTINEZ MARTINEZ, MARIA LUISA	90	8,85	 98,85	
16232981	LOPEZ AGUIRRE, OLGA	92,67	4,69	97,36	
14584559	OLEA SASTRE, MARIA ARANZAZU	78	14,59	92, 59	
14708254	GONZALEZ BOCOS, MARIA JESUS	72,67	19,51	 92,18	
15871915	LOPEZ LOPEZ, FLORENCIO	78,67	12,95	91, 62	
14696920	ROSENDE AMENEDO, CARMEN	86,67	3,83	90, 5	
77276874	OLIVA GOMEZ, HILARIA	78,67	11,67	90, 34	
14697515	ANDRES BENES, MARIA AMPARO	83,33	6,98	 90,31	
5605971	FERNANDEZ CRUZ, ANGEL ANTONIO	87,33	2,8	 90,13	
22713814	MARTIN GARCIA, MARIA JOSEFA	83,33	6,5	 89,83	
22710850	LOZANO DOMINGUEZ, CIPRIANO	74	15,82	89, 82	
30559856	LOPEZ CARRADA, JUAN IGNACIO	80,67	7,48	 88,15	
72420203	SALAVERRIA ZUMETA, MARIA LOURDES	80	7, 46	87,46	
16241114	RANEDO VADO, MARIA INMACULADA	81,33	5, 93	87,26	
22715191	ARANA GOIRI, IZASKUN	68,67	16,07	84, 74	
13078775	MORAL LOZAREZ, ELADIO ROBERTO	80,67	1, 67	82,34	
22725115	ROMERA ALEGRIA, MARIA SOLEDAD	72	9,89	 81,89	
14696762	ALONSO BARRUTIA, MARIA NATIVIDAD	72	6, 91	78,91	
73317577	ESTEBAN CANCELA, MARIA DEL CARMEN	78,67	0, 04	78,71	
11924520	ETXANIZ GARCIA, MIREN KARMELE	73,33	5, 25	78,58	
15911945	MOLINS ARTOLA, MARIA VICTORIA	72	6,41	 78,41	
15949039	PAUSA AZPIAZU, GEMMA	70	8,39	78,39	
16259807	AGUIRRE BUSTEROS, NIEVES	77,33	1	78, 33	
14702615	BECERRIL AYERDI, ASUNCION	74,67	3,5	78, 17	
14697740	PUERTOLLANO MERINO, MARIA PILAR	75,33	2, 78	78,11	
22722595	BENITO MARCOS, Mª LAURA	74	3,08	77, 08	
14948202	GOMEZ CAYETANO, MARIA PURIFICACION	68,67	 2	70,67	
14387333	LEBRERO PASTOR, BONIFACIO	63,33	5,5	68, 83	
11916116	DE LA RED DE PRADO, RAQUEL	66	2,06	68, 06	
22715168	PUERTOLLANO MERINO, Mª TERESA	61,33	4, 95	66,28	
22720874	IGLESIAS AGUIRRE, Mª ANGELES	62	2,5	64, 5	
II. ERANSKINA / ANEXO II
ERRADIODIAGNOSTIKOKO TEKNIKARI ESPEZIALISTA / TÉCNICO ESPECIALISTA EN RADIODIAGNOSTICO
BARNE SUSTAPENEKO TXANDA / TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA
	
NAN	IZEN-ABIZENAK	ESLEITUTAKO LANPOSTUA
DNI	NOMBRE Y APELLIDOS	PLAZA ADJUDICADA	
16245277	JUÁREZ CORRES, MAGDALENA	ARABAKO ESKUALDEA-ESTIBALIZKO AMA
		(AMBULATORIOA)
		COMARCA ARABA-NTRA. SRA. DE ESTIBALIZ
		(Ambulatorio)	
17133020	CUENCA CAZO, ÁNGELES	TXAGORRITXUKO OSPITALEA
		HOSPITAL TXAGORRITXU	
14556008	FLORES IRAZABAL, Mª BEGOÑA	SANTIAGO OSPITALEA
		HOSPITAL SANTIAGO	
15236360	FERNÁNDEZ VILLAVERDE, CASILDA	DONOSTIAKO OSPITALEA
		HOSPITAL DONOSTIA	
15907467	ÁLAMO PINEDA, ROSA	DONOSTIAKO OSPITALEA
		HOSPITAL DONOSTIA	
IZANGAI ELBARRITUAK / ASPIRANTES MINUSVÁLIDOS
NAN	IZEN-ABIZENAK	ESLEITUTAKO LANPOSTUA
DNI	NOMBRE Y APELLIDOS	PLAZA ADJUDICADA	
22741845	SAIZ IZARRA, IRENE ELIACER	SAN ELOY OSPITALEA
		HOSPITAL SAN ELOY	
TXANDA IREKIA / TURNO LIBRE
	
NAN	 IZEN-ABIZENAK	ESLEITUTAKO LANPOSTUA
DNI	NOMBRE Y APELLIDOS	PLAZA ADJUDICADA	
30634012	HERNANDO SEDANO, Mª CRISTINA	GURUTZETAKO OSPITALEA
		HOSPITAL CRUCES	
30644112	GONZÁLEZ LÓPEZ, Mª VICTORIA	GURUTZETAKO OSPITALEA
		HOSPITAL CRUCES	
22716086	DEL BOSQUE GONZÁLEZ, JULIO	BASURTUKO OSPITALEA
		HOSPITAL BASURTO	
14600057	PEREIRA CUERDO, TXARO	MENDAROKO OSPITALEA
		HOSPITAL MENDARO	
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