
N.º 113, lunes 17 de junio de 2002
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Hacienda y Administración Pública
3497
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2002, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2002 la Resolución por la que se convoca el premio "Jesús María Leizaola" 2000 para trabajos elaborados desde distintas perspectivas de estudio y cuyo objeto esté directamente relacionado con la autonomía vasca.
Al amparo de lo establecido en el Título IX del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, se dictó el Decreto 367/2001, de 26 de diciembre, sobre ampliación de la vigencia de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, pudiendo, a tal fin, el Gobierno y los distintos Departamentos y Organismos Autónomos adaptar los plazos, condiciones y requisitos necesarios para su aplicación durante el ejercicio 2002.
En el ejercicio 2000, se dictó la Resolución de 8 de junio de 2000, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convoca el premio "Jesús María Leizaola" 2000 para trabajos elaborados desde distintas perspectivas de estudio y cuyo objeto esté directamente relacionado con la autonomía vasca, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco núm. 116 de 20 de junio de 2000, por lo que procede la adaptación de los plazos y condiciones necesarios para la aplicación de la referida Resolución durante el ejercicio 2002.
Por consiguiente
RESUELVO:
Artículo primero.– Plazo de presentación de los trabajos.
El plazo de presentación de los trabajos para acceder a la Convocatoria establecida por la Resolución de 8 de junio de 2000, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convoca el premio "Jesús María Leizaola" 2000 para trabajos elaborados desde distintas perspectivas de estudio y cuyo objeto esté directamente relacionado con la autonomía vasca, en el ejercicio 2002, se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 30 de agosto de 2002, a las 14:00 horas.
Artículo segundo.– Solicitudes.
Los trabajos deberán presentarse, por duplicado y sin encuadernar, en cualquiera de las siguientes direcciones del Instituto Vasco de Administración Pública:
Donostia-San Sebastián, 1. 01010 Vitoria-Gasteiz
Alameda de Recalde, 18. 48009 Bilbao
Prim, 7. 20006 Donostia-San Sebastián
Universidad, s/n. 20560 Oñati (Gipuzkoa)
Asimismo, los trabajos podrán presentarse en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo tercero.– Recursos económicos.
Se destina al objeto del premio y accésit al que se refiere la presente Resolución, durante el corriente ejercicio 2002, la cantidad de nueve mil quince euros con dieciocho céntimos (9.015,18 euros), con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la CAPV.
Artículo cuarto.– Adpatación de plazos.
Al objeto de la presente convocatoria, las referencias que en la Resolución de 8 de junio 2000 se efectúan al ejercicio 2000, han de entenderse efectuadas al ejercicio 2002.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Para general conocimiento y facilitar el uso por los posibles interesados, se incorpora como Anexo a la presente Resolución, el texto resultante de refundir las previsiones efectuadas para el ejercicio 2002, al régimen establecido por la Resolución de 8 de junio de 2000 en sus bases.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.– Contra la presente Resolución del Director del Instituto Vasco de Administración Pública podrá interponerse recurso de alzada, según lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución. El recurso podrá interponerse ante el órgano emisor de esta Resolución o ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública. La falta de resolución expresa a dicho recurso tendrá carácter desestimatorio.
Segunda.– La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2002.
El Director del Instituto Vasco de Administración Pública,
JON KOLDOBIKA URRUTIA MINGO.
ANEXO
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2002, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2002 la Resolución por la que se convoca el premio "Jesús María Leizaola" 2000 para trabajos elaborados desde distintas perspectivas de estudio y cuyo objeto esté directamente relacionado con la autonomía vasca.
Texto adaptado de las bases para 2002.
Primera.– Podrán concurrir al Premio tanto personas individuales como equipos de trabajo formados al efecto. En el supuesto de que se trate de grupos de trabajo, se acreditará convenientemente la persona que se responsabilice de la dirección del equipo de investigación. No podrán concurrir a la presente convocatoria quienes hayan obtenido el Premio Leizaola o el accésit del mismo en alguna de las anteriores ediciones.
Segunda.– Los trabajos que opten al Premio deberán ser inéditos y estarán escritos en euskera o castellano.
Tercera.– El Premio contará con la siguiente dotación económica:
a) Primer premio: 6.010,12 euros
b) Accésit: 3.005,06 euros
Dichos premios serán otorgados a los mejores trabajos de carácter científico elaborados desde distintas ópticas de estudio e investigación, cuyo objeto esté directamente relacionado con la autonomía vasca.
De las cuantías señaladas en el párrafo primero de la presente base se efectuarán las retenciones que, de conformidad con las disposiciones tributarias, fueran de aplicación.
La extensión mínima de los trabajos será de doscientas páginas, mecanografiadas a doble espacio.
Cuarta.– El Jurado propondrá la adjudicación del Premio y de su accésit a aquéllos trabajos que presenten una mayor calidad y rigor técnico-científico, destaquen por la originalidad de su planteamiento o supongan una innovación en el campo de investigación de su área respectiva.
Quinta.– El Jurado emitirá su fallo dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la Resolución de convocatoria del premio La convocatoria podrá declararse desierta, ya sea total o parcialmente.
Sexta.– El Jurado estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidenta:
– Excma. Sra. Consejera de Hacienda y Administración Pública o persona en quien delegue.
Vocales:
– Ilmo. Sr. Director del Instituto Vasco de Administración Pública o persona en quien delegue.
– Ilmo. Sr. Secretario General de Régimen Jurídico o persona en quien delegue.
– Dos catedráticos de Universidad, que serán designados por la Excma. Sra. Consejera de Hacienda y Administración Pública, a propuesta del Ilmo. Sr. Director del Instituto Vasco de Administración Pública.
Secretario:
– Ilma. Sra. Secretaria General del Instituto Vasco de Administración Pública o persona adscrita al Instituto en quien delegue, que dispondrá de voz y voto.
Cualquier decisión del Jurado relativa a la adjudicación del premio, y/o accésit, deberá venir avalada por la mayoría de los miembros presentes del Tribunal. En caso de empate decidirá el voto de calidad de la Presidenta.
Séptima.– La adjudicación de los premios se realizará mediante Resolución del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, de acuerdo con la propuesta del jurado, publicándose posteriormente en el Boletín Oficial del País Vasco.
Si transcurridos seis meses desde la entrada en vigor de la Resolución de convocatoria no se hubiera publicado en el Boletín Oficial del País Vasco Resolución alguna de adjudicación del mismo, los interesados podrán entender desestimada su candidatura de conformidad con lo establecido en el art. 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Octava.– Los derechos de explotación correspondientes a los trabajos premiados se cederán con exclusividad y a título gratuito a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, obligándose los premiados a otorgar el documento oportuno, cuando sea necesario, para la debida constancia pública de la cesión de los derechos de propiedad intelectual que se contempla en la presente Base y reservándose el Instituto Vasco de Administración Pública el derecho a publicar dichos trabajos. En caso de que los trabajos premiados formen parte de una obra más amplia, el Tribunal podrá acordar la publicación íntegra de la misma, y, en tal supuesto, los derechos de explotación se cederán por el autor en su integridad. En todo caso, deberá hacerse constar el galardón obtenido bajo la siguiente forma: "Premio ‘Jesús María Leizaola’- 2000 del Instituto Vasco de Administración Pública."
Novena.– La presentación de un trabajo a la presente convocatoria supone la aceptación plena por el interesado de las condiciones establecidas en las bases de esta convocatoria.
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