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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 98, lunes 27 de mayo de 2002


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
3120

DECRETO 106/2002, de 14 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Construcción de la variante de Zubillaga (Oñati) en la carretera GI-2630 (1-V-62/1997)».

Por Orden Foral del Diputado de Transportes y Carreteras de la Diputación Foral de Gipuzkoa de 9 de octubre de 2001, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Construcción de la variante de Zubillaga (Oñati) en la carretera GI-2630 (1-V-62/1997)» Posteriormente, el Consejo de Diputados en fecha 5 de marzo de 2002, acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El proyecto recoge la construcción de una variante de la actual travesía de la GI-2630 por el casco urbano del barrio de Zubillaga en Oñati. Dicho vial presenta edificaciones (viviendas, pabellones industriales) en ambas márgenes y al borde de la calzada y su tránsito actual se encuentra regulado mediante semáforos.

La situación actual de la travesía, con un trazado en planta deficiente, sin arcenes en algunos de sus tramos, así como con una sección transversal insuficiente, unida al fuerte incremento de tráfico de la comarca, constituido en su mayor parte de vehículos pesados, supone un riesgo para la circulación de peatones y vehículos por el casco urbano, por lo que en consecuencia se estima imprescindible la tramitación del Proyecto con carácter de urgencia para conseguir unos estándares mínimos de seguridad y comodidad en la circulación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación y aprobación del Consejo de gobierno en su reunión del día 14 de mayo de 2002.

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del «Proyecto de Construcción de la variante de Zubillaga (Oñati) en la carretera GI-2630 (1-V-62/1997)».

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 14 de mayo de 2002.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental