
N.º 98, lunes 27 de mayo de 2002
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Industria, Comercio y Turismo
3114
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2002, de la Viceconsejera de Comercio y Consumo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de becas para formación de asesores técnicos en Comercio Interior para el ejercicio 2002.
La Orden de 6 de junio de 2000, del Consejero de Industria, Comercio, y Turismo, regula el programa de becas para formación de asesores técnicos en Comercio Interior.
De conformidad a lo establecido en el artículo 6 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2002, dictando a tal objeto las normas necesarias.
Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 6 de la Orden de referencia
DISPONGO:
Artículo 1.– Objeto
Es objeto de la presente Resolución la convocatoria para el ejercicio 2002 de las ayudas previstas en la Orden de 6 de junio de 2000 del Consejero de Industria, Comercio, y Turismo (BOPV n.º 117 de 21 de junio de 2000), por la que se regula el programa de becas para formación de asesores técnicos en Comercio Interior.
Para este fin se destinará un total de 375.632,50 euros según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. De este importe, 37.565,75 euros corresponderán a pagos para el ejercicio 2002; y los restantes 338.066,75 euros se destinarán a vencimientos imputables al ejercicio 2003.
Artículo 2.– Requisitos
1.– Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 6 de junio de 2000 deberán ostentar la condición de beneficiario, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de referencia.
2.– Asimismo, deberán dirigir las solicitudes y demás documentación complementaria a la Dirección de Comercio del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, presentándolas en las correspondientes Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo de cada Territorio Histórico, bien directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.– El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
4.– El número máximo de becas a conceder en el ejercicio 2002 será de veinticinco (25) y el periodo de duración de las mismas será de 12 meses.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.– La presente Resolución de convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Segunda.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2002.
La Viceconsejera de Comercio y Consumo,
BELÉN GREAVES BADILLO.
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