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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 54, lunes 18 de marzo de 2002


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Barakaldo
1708

EDICTO dimanante del Juicio de Cognición 646/00.

Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Barakaldo (Bizkaia)

Juicio: Juicio Cognición 646/00

Demandante D/D.ª: Bilbao Bizkaia Kutxa Aurrezki Kutxa eta Bahitetxea

Abogado D/D.ª: Tijero Herrero, Maria Ines

Procurador D/D.ª: Maria Concepción Imaz Nuere

Demandado: Representaciones de Alimentación y Hostelería Aramendi S.L.

Sobre: Reclamación de cantidad

En el referido juicio se ha dictado Sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Imaz Nuere, en nombre y representación de la entidad BBK, contra la mercantil Representación de Alimentación y Hostelería, Aramendi, S.L., declarada en rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de tres mil trescientos cuatro Euros con veintiún céntimos (3.304,21 Euros), a la que se aplicará el interés pactado en el contrato hasta la liquidación definitiva, con expresa imposición a la demandada de las cotas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial, el cual, de conformidad con lo dispuesto en su Disposición Transitoria Segunda, deberá ajustarse a la normativa contenida en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Únase la presente al Libro Registro de Sentencias y Autos Definitivos Civiles de este Juzgado, y expídase testimonio que se unirá a los autos a que se contrae.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D/D.ª Representaciones de Alimentación y Hostelería Aramendi S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a veinticinco de febrero de dos mil dos.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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