
N.º 29, lunes 11 de febrero de 2002
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Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
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DECRETO 32/2002, de 29 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Estación Depuradora de agua residual de Apraitz (Elgoibar) (7-SD-18/2000)".
Por Orden Foral del Diputado de Obras Hidráulicas y Urbanismo de la Diputación Foral de Gipuzkoa de 19 de diciembre de 2000, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Estación Depuradora de agua residual de Apraitz (Elgoibar) (7-SD-18/2000)". Posteriormente, el Consejo de Diputados en fecha 27 de julio de 2001, solicitó ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
Continuando el esfuerzo inversor de la Diputación Foral de Gipuzkoa en materia de saneamiento con el objeto de garantizar la depuración de aguas residuales del Territorio, en colaboración con los consorcios y mancomunidades, el Consejo de Diputados, en su sesión de fecha 27 de julio de 2001, ha aprobado definitivamente el Proyecto Básico de la Estación Depuradora de agua residual de Apraitz (Elgoibar) (7-SD-18/2000).
Las obras recogidas en dicho proyecto consisten en la construcción de una depuradora en el término municipal de Elgoibar, aguas abajo del casco urbano, que tratará las aguas residuales procedentes de los municipios de Mallabia y Ermua (Bizkaia), Eibar, Soraluze y Elgoibar (Gipuzkoa).
La obra a ejecutar se engarza dentro del Plan de Saneamiento del Consorcio de Aguas de Gipuzkoa, aprobado por la Asamblea de dicho organismo el 29 de febrero de 1996.
Así mismo, cabe considerar dicha obra como una derivación de las previsiones del Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales, aprobado en 1995 por el Consejo de Ministros al objeto de dar cumplimiento a las Directivas Comunitarias en la materia, muy especialmente la Directiva 91/271/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, sobre tratamiento de las aguas residuales urbanas, en la que se establece que los Estados Miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que dichas aguas serán tratadas correctamente antes de su vertido.
En consecuencia, atendiendo a los plazos establecidos en dicha Directiva, se considera que resulta necesaria y urgente la ocupación de los terrenos afectados por el señalado proyecto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de enero de 2002,
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de Estación Depuradora de agua residual de Apraitz (Elgoibar) (7-SD-18/2000)".
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2002.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Ordenación del Territorio
y Medio Ambiente,
SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.
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