
N.º 29, lunes 11 de febrero de 2002
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
913
DECRETO 31/2002, de 29 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de acondicionamiento de la carretera BI-3447. Tramo: Guizaburuaga-Oleta".
Por Orden Foral del Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia de fecha 20 de agosto de 2001, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de acondicionamiento de la carretera BI-3447. Tramo: Guizaburuaga-Oleta". En la misma sesión se acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
El Proyecto tiene por finalidad aumentar la sección transversal del vial, mejorando el trazado en planta y rectificando el perfil longitudinal, así como acondicionar el acceso al polígono industrial de Okamika y las travesías de Gizaburuaga y Oleta.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de enero de 2002,
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de acondicionamiento de la carretera BI-3447. Tramo: Guizaburuaga-Oleta".
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2002.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Ordenación del Territorio
y Medio Ambiente,
SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.
RSS