
N.º 23, viernes 1 de febrero de 2002
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Justicia, Empleo y Seguridad Social
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EDICTO de 27 de diciembre de 2001, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por el que se notifica a la empresa Recipientes Metálicos del Norte S.L. la Resolución recaída en el recurso n.º 01.0446.48.02.01.02.
Adolfo González Berruete, Director de Trabajo y Seguridad Social
Hago saber que concluido el expediente de recurso n.º 01.0446.48.02.01.02, incoado a la empresa Recipientes Metálicos del Norte S.L. se ha dictado Resolución acordándose desestimar el recurso de alzada interpuesto por Eduardo Aguirre Pascual, en nombre y representación de la empresa Recipientes Metálicos del Norte, S.L. y, por lo tanto, confirmar la Resolución de 30 de octubre de 2001, del Delegado Territorial de Bizkaia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social recaída en el expediente sancionador SH-335/01, por la que se impone a la misma la sanción de tres mil cinco euros con seis céntimos (3.055, 06 euros) /quinientas mil pesetas (500.000 PTA) por infracción a lo dispuesto en el artículo 4.2.d) y 19 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; artículos 14,16 y 17 de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales; punto 1,8 Anexo y del R.D. 1215/1997 de 18 de Julio, sobre Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
No habiéndose podido notificar dicha Resolución a la empresa interesada citada, a pesar de los intentos realizados, en el último domicilio de que se tiene constancia, ubicado en Polígono Industrial Bakiola, Edificio, 60 de Arrankudiaga, se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndose a la empresa mencionada que la citada Resolución pone fin a la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
Con independencia de la presentación del antes citado recurso Contencioso-Administrativo, el interesado deberá proceder al ingreso del importe de la sanción en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del de la notificación de ésta en la Cuenta Autorizada de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (cuenta núm. Kutxa), haciendo constar el número del expediente.
Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de dicha sanción, devengándose de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.
Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este Edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de diciembre de 2001.
El Director de Trabajo y Seguridad Social,
ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.
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