N.º 246, viernes 21 de diciembre de 2001
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Disposiciones Generales
Hacienda y Administración Pública
7140
DECRETO 340/2001, de 11 de noviembre, por el que se habilitan créditos en el Programa en el 3222 "Juventud y Acción Comunitaria", por ingresos obtenidos en el Programa 3222 "Juventud y Acción Comunitaria", del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi prorrogado para el ejercicio 2001, por importe de 8.000.000 PTA (48.080,97 <FONT FACE="Euro Sans" SIZE=2>_).
Se han obtenido ingresos adicionales por importe de 8.000.000 PTA (48.080,971 <FONT FACE="Euro Sans" SIZE=2>_ ) provenientes de la obtención de ingresos del proyecto "Gazte Txartela" relacionado con el Programa 3222 "Juventud y Acción Comunitaria".
El Departamento de Cultura ha solicitado dotación presupuestaria por 8.000.000 PTA (48.080,97 <FONT FACE="Euro Sans" SIZE=2>_ ) para otros proyectos relacionados con el programa 3222 "Juventud y Acción Comunitaria".
Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y de la Consejera de Cultura, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2001,
DISPONGO:
Artículo único.– Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi prorrogado para el ejercicio 2001 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos:
PROGRAMA SUBCONCEPTO PTA EUROS
3222 238.99 8.000.000 48.080,97
TOTAL 8.000.000 48.080,97
Estos créditos se generan por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:
PROGRAMA SUBCONCEPTO PESETAS EUROS
3222 312.62 8.000.000 48.080,97
TOTAL 8.000.000 48.080,97
Los fondos se destinarán a financiar los siguientes proyectos del Programa 3222 "Juventud y Acción Comunitaria":
PROYECTOS PESETAS EUROS
Seguimiento del 2.º Plan de Juventud 2.000.000 12.020, 24
Observatorio Vasco de la Juventud 6.000.000 36.060, 73
TOTAL 8.000.000 48.080,97
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de noviembre de 2001.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN.
La Consejera de Cultura,
MIREN KARMELE AZKARATE VILLAR.