
N.º 230, miércoles 28 de noviembre de 2001
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Industria, Comercio y Turismo
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RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2001, del Director de Energía, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de Reforma de Centro de Maniobras y Reparto a 13,2 K.V., tipo subterráneo sencillo, denominado Santa Catalina, en el término municipal de Donostia. Ref.ª.: RI.20/24.069- ATD-47/01- M.c.
Visto el expediente incoado en la Oficina Territorial de Gipuzkoa, a petición de Iberdrola, S.A., con domicilio en Donostia-San Sebastián, Calle Getaria n.º 13, solicitando autorización administrativa y aprobación del Proyecto de Reforma de Centro de Maniobras y Reparto y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo II del Titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE 27/12/2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en concordancia con lo establecido en la Disposición final primera del mismo texto, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
Visto el Proyecto presentado, firmado por el Ingeniero Industrial D. Raul Herraez Fernández, colegiado n.º 3506, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Gipuzkoa, visado por el citado Colegio el 27 de marzo de 2001.
El Director de Energía, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 131/1999, de 23 de febrero, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio, y Turismo (BOPV de 26-2-99).
RESUELVE:
Autorizar a Iberdrola, S.A. la instalación y aprobar el Proyecto de ejecución de Reforma de Centro de Maniobras y Reparto a 13,2 K.V., tipo subterráneo sencillo, denominado Santa Catalina, en el término municipal de Donostia, de las siguientes características principales:
Reforma de Centro de maniobras y reparto denominado "Santa Catalina"
Tipo: Subterráneo sencillo.
Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:
1.– La construcción de las instalaciones eléctricas deberán realizarse de acuerdo con el Proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2.– El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presente resolución.
3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Oficina Territorial de Gipuzkoa, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del Acta de Puesta en Marcha.
4.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtención de los mismos. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Energía, Ordenación y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de octubre de 2001.
El Director de Energía,
TXABER LEZAMIZ CONDE.
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