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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 184, viernes 21 de septiembre de 2001


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Justicia, Empleo y Seguridad Social
5222

EDICTO de 29 de agosto de 2001, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por el que se notifica a la empresa Jayez Inarki, S.L. la Resolución recaída en el expediente n.º 01.0095.01.01.01.02.

Luis M.ª Valle Bolinaga, Director de Trabajo y Seguridad Social

Hago saber que concluido el expediente n.º 01.0095.01.01.01.02, incoado a la empresa Jayez Inarki, S.L., se ha dictado Resolución acordándose la estimar la propuesta de sanción contenida en el Acta de Infracción número 19/01, e imponer a la misma la sanción de seis millones doscientas mil cien (6.200.100) pesetas/treinta y siete mil doscientos sesenta y tres (37.263) euros por infracciones a lo dispuesto en los artículos 15, 16, 17,1, 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE del 10-11-95), así como de lo dispuesto en los artículos 3 y 5 del RD 1215/1997, de 18 de julio (BOE 7 de agosto) sobre utilización de equipos de trabajo.

No habiéndose podido notificar dicha Resolución a la empresa interesada citada, a pesar de los intentos realizados, en el último domicilio de que se tiene constancia, ubicado en C/ Heraclio Alfaro n.º 2-7.ºB de Vitoria-Gasteiz, se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndose a la empresa mencionada que la citada Resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra ella cabe interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco por conducto de la Delegación Territorial de su Territorio Histórico en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación de conformidad con lo previsto en el artículo 114 y siguientes de la precitada Ley 30/1992.

En el supuesto de que el interesado no ejercitara el derecho que le asiste a presentar el citado Recurso de Alzada, deberá proceder al ingreso del importe de la sanción en el plazo señalado para la interposición del mismo en la Cuenta Autorizada de Ingresos de la Delegación Territorial de Álava del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social (cuenta núm. 0182-5685-01-0000232003 del Banco Bilbao Vizcaya, oficina c/ Dato de Vitoria-Gasteiz), haciendo constar el número del expediente.

Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de dicha sanción, devengándose de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este Edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de agosto de 2001.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

LUIS M.ª VALLE BOLINAGA.


Análisis documental