
N.º 184, viernes 21 de septiembre de 2001
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Industria, Comercio y Turismo
5206
RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2001, del Director de Energía, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de una línea eléctrica a 13,2 kV., en el término municipal de Barakaldo.
REF.: L-5417 - ATH-2001/58 ASS/AOK
Visto el expediente incoado en esta Oficina Territorial a petición de Iberdrola Distribución, S.A.U., con domicilio en Bilbao, c/ Gardoqui n.º 8, solicitando autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de una línea eléctrica y un centro de transformación y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo II del Titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE 27-12-2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en concordancia con lo establecido en la Disposición final primera del mismo texto, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
Visto el proyecto presentado, firmado por el Ingeniero Industrial D. Raúl Herráez Fernández, y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia, el 4-05-01 con el n.º 2087.
El Director de Energía, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 131/1999, de 23 de febrero, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo (BOPV 26-2-99)
RESUELVE:
Autorizar a Iberdrola Distribución, S.A.U. la instalación y aprobar el proyecto de ejecución de una línea eléctrica a 13,2 kV., en el término municipal de Barakaldo, cuyas principales características son las siguientes:
Modificación de línea eléctrica aérea, simple circuito
– Tensión de Servicio: 13,2 kV.
– Conductores: 3 de AL-AC, tipo LA-56 (54,6 mm2).
– Apoyos: Metálicos y de hormigón.
– Longitud: 94 m.
– Origen: Apoyo 1=0 de la línea Landaburu-Retuerto cto. 7.
– Final: Apoyo n.º 2 de la misma línea.
Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:
1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2.– El titular de las instalaciones tendrá en cuenta, para su ejecución el cumplimiento de los condicionados técnicos establecidos por los siguientes Organismos: Ayuntamiento de Barakaldo y Telefónica de España.
3.– El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presente resolución.
4.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Oficina Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.
5.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante la Viceconsejeria de Energía, Ordenación y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vitoria-Gasteiz, 11 de julio de 2001.
El Director de Energía,
TXABER LEZAMIZ CONDE.
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