
N.º 184, viernes 21 de septiembre de 2001
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Hacienda y Administración Pública
5201
DECRETO 169/2001, de 31 de agosto, por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad Sprilur, S.A. y se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la renuncia a su derecho de suscripción preferente.
La Sociedad Sprilur, S.A. ha acordado la realización de una ampliación de capital por importe de seis millones diez mil cien euros (6.010.100), (999.996.499 pesetas).
El artículo 4.2 de la Ley 5/1981, de 10 de Junio, sobre Creación de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, dispone que la sociedad podrá participar en el capital social de empresas de particular interés, previa autorización del Gobierno Vasco y en las condiciones que en cada caso se determinen.
Habiendo adoptado el Consejo de Administración de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., en su reunión de 26 de junio de 2001, el acuerdo de dirigirse al Gobierno Vasco para que, en virtud del articulo 4.º, punto 2 de la Ley 5/81, conceda autorización a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., para participar en la ampliación de capital de la Sociedad Sprilur, S.A. suscribiendo acciones por valor de seis millones diez mil cien euros (6.010.100), (999.996.499 pesetas), equivalente a una participación del 100% de la misma, y requiriendo, de conformidad a lo expuesto en el párrafo anterior, de autorización del Consejo de Gobierno.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 31 de agosto de 2001,
DISPONGO:
Artículo 1.– Se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., para participar en la ampliación de capital de la Sociedad Sprilur, S.A. por importe de seis millones diez mil cien euros (6.010.100), (999.996.499 pesetas), equivalente a una participación del 100% de la ampliación a realizar por el mismo importe desembolsando el 25 % en el momento de la suscripción y delegando en el Consejo de Administración de Sprilur, S.A. la fijación de las cuantías y plazos en que se deberá desembolsar el 75 % restante.
Artículo 2.– Se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la renuncia a su derecho de suscripción preferente en la operación de ampliación de capital de la Sociedad Sprilur, S.A.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su aprobación.
Dado en Donostia-San Sebastián, a 31 de agosto de 2001.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN.
El Consejero de Industria, Comercio y Turismo,
JOSU JON IMAZ SAN MIGUEL.
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