
N.º 106, martes 5 de junio de 2001
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Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
3134
DECRETO 96/2001, de 22 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por la ejecución del "Proyecto de Construcción de la Glorieta de Errotaburu y Rectificación de la Avda. de Tolosa".
La alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, previa deliberación por la Comisión de Gobierno, fecha 28 de noviembre de 2000, resolvió someter inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, por la ejecución del "Proyecto de Construcción de la Glorieta de Errotaburu y Rectificación de la Avda. de Tolosa". Asímismo, resolvió solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública presentándose algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta, en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
El Proyecto de obras aprobado por el Consejo de Diputados de la Diputación de Gipuzkoa y cuya ejecución correrá asimismo a su cargo prevé la construcción de la nueva Glorieta de Errotaburu y el reacondicionamiento de la Avda. de Tolosa y Avda. de Zarauz, como consecuencia de la modificación del ramal de salida desde la Autopista y del reajuste de rasantes a que obliga la construcción de la glorieta resulta necesario para la correcta utilización del vial Amara-Ibaeta, ya construido y en deficiente funcionamiento por la inexistencia de la glorieta. La Diputación dispone de crédito suficiente para iniciar las obras estando pendiente la adjudicación de la disponibilidad de los terrenos.
La nueva reordenación del sistema viario mejorará considerablemente el tráfico en la ciudad reduciendo el número de accidentes de tráfico.
El interés general del proyecto exige la disponibilidad inmediata de los terrenos necesarios para la ejecución de estas obras de remodelación del viario.
Por su parte el Ayuntamiento ha reservado una partida presupuestaria para la adquisición de los terrenos y ocupaciones temporales necesarios, según consta en la certificación que se acompaña.
Por ello, se considera que la ejecución de las obras de referencia justifican la declaración de urgencia, por el Gobierno Vasco, de la ocupación de los bienes precisos para este fin.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completos, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 22 de mayo de 2001,
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización de la ejecución del "Proyecto de Construcción de la Glorieta de Errotaburu y Rectificación de la Avda. de Tolosa".
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de mayo de 2001.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Ordenación del Territorio,
Vivienda y Medio Ambiente,
FRANCISCO JOSE ORMAZABAL ZAMAKONA.
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