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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 106, martes 5 de junio de 2001


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
3131

DECRETO 91/2001, de 22 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Barrika, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Obras de Acera entre el Asilo de Barrika y Larretxe. Carretera Foral BI-634".

Mediante Acuerdo del Ayuntamiento de Barrika, de fecha 5 de diciembre de 2000 y previa deliberación de la Comisión de Gobierno, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Obras de Acera entre el Asilo de Barrika y Larretxe. Carretera Foral BI-634", acordándose asímismo, solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado un escrito de alegaciones que fue resuelto en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Efectivamente, se trata de un tramo de carretera que quedó sin remodelar tras finalizar las obras de "Acondicionamiento y mejora del trazado de la Carretera C-6320 (actualmente BI-634) (P.K. 20+290 al P.K. 24+902). Tramo: Larrabasterra-Barrika", ejecutadas por el Departamento de Obras Públicas de la Diputación Foral de Bizkaia.

Por dicha circunstancia, apenas cuenta con arcén, y en algunos puntos se encuentra encajonada entre muros y con un trazado de curvas muy cerradas que la convierten en un peligro cierto para el tránsito de peatones.

Se añade a lo anterior el hecho de ser la única vía de comunicación peatonal entre el núcleo urbano y el Barrio de Larretxe y el adyacente de San Telmo y la propia estación del Metro sita ya en Plentzia.

Para el tramo entre el Barrio de San Telmo y la Estación del Metro existe un compromiso de la Diputación Foral de Bizkaia para proceder a ejecutar las obras de construcción de un paseo peatonal. Se hace necesario, por tanto, dar continuidad a dicho itinerario peatonal hasta enlazarlo con el núcleo central del municipio.

Interesa recalcar que este itinerario peatonal no se utiliza demasiado por la peligrosidad actual, pero daría servicio y comunicaría núcleos importantes de viviendas. A lo anterior se añade la existencia del Asilo de Ancianos, que acoge a unos cien residentes, en su mayoría válidos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completos, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 22 de may0 de 2001,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Barrika, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruído al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de Obras de Acera entre el Asilo de Barrika y Larretxe. Carretera Foral BI-634".

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de mayo de 2001.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Ordenación del Territorio,

Vivienda y Medio Ambiente,

FRANCISCO JOSÉ ORMAZABAL ZAMAKONA.


Análisis documental