
N.º 98, jueves 24 de mayo de 2001
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Otras Disposiciones
Justicia, Trabajo y Seguridad Social
2789
ORDEN de 3 de abril de 2001, del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 3 de Bilbao, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo n.° 10/00, interpuesto por Recuperations Steel Galindo, S.A. Visto por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo el Recurso n.° 10/00, interpuesto por Recuperations Steel Galindo, S.A., en el que se impugna la resolución de fecha 22.12.99 dictada por el Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, notificado con fecha 28-12-99 desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución de 16-2-99 recaída en el expediente sancionador SH-533/98 en virtud del cual se impone sanción por importe de 1.500.000 PTA, el citado Juzgado de lo Contencioso ha dictado Sentencia de fecha 23 de marzo de 2001, cuya parte dispositiva dice así: "Que, debo estimar y estimo el recurso contencioso administrativo presentado por la letrado, M.ª Angela Saez Carranda, en nombre y representación de Recuperations Steel Galindo, S.A., contra la resolución de fecha 22 de diciembre de 1999 dictada por el Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, por la que se desestima el recurso interpuesto contra la resolución de fecha 16 de febrero de 1999 recaída en el expediente sancionador SH-533/98 en virtud del cual se impone sanción por importe de 1.500.000 PTA, por ser contraria a derecho. No procede hacer expreso pronunciamiento en materia de costas causadas. En su virtud, el Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 303/1999, de 27 de julio, con relación a los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia, así como la inserción de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 3 de abril de 2001. El Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.
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