
N.º 98, jueves 24 de mayo de 2001
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Autoridades y Personal
Sanidad
2786
RESOLUCIÓN 279/2001, de 25 de abril, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se procede a la asignación definitiva de destinos, correspondiente a la convocatoria de concurso de traslados para la provisión de destinos vacantes de la categoría de Trabajador Social, del grupo profesional de Técnicos Medios, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Mediante Resolución n.º 400/2000, de 17 de marzo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocó concurso de traslados de la categoría de Trabajador Social, del grupo profesional de Técnicos Medios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Mediante Resolución 6 /2001, de 16 de enero, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se procedió a la asignación provisional de destinos, correspondiente a la convocatoria de concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de la categoría de Trabajador Social, del grupo profesional de Técnicos Medios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios. Elevada por el tribunal a esta Dirección General propuesta de asignación definitiva de destinos, conforme a lo establecido en la base 4.3. de dicha convocatoria, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas en la legislación vigente,
Primero.– Aprobar la asignación definitiva de destinos, correspondiente a la convocatoria de concurso de traslados para la provisión de destinos vacantes de la categoría de Trabajador Social, del grupo profesional de Técnicos Medios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante Anexo que se acompaña a la presente Resolución. Segundo.– Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de destino en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otro Servicio de Salud. Los concursantes que obtengan destino deberán cesar en el que, en su caso, desempeñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la Resolución definitiva. La toma de posesión del nuevo destino deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si los destinos son de la misma localidad; en el plazo de quince días, si son de distinta localidad o distinta Área de Salud, y en el plazo de un mes, a contar desde el día del cese, si supone cambio en el Servicio de Salud. En el caso de que la adjudicación de destino suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde la publicación de la Resolución definitiva de asignación de destinos. Si el adjudicatario, en el momento de la toma de posesión, se encuentra desempeñando un destino en régimen de comisión de servicios, será éste el que deba tenerse en cuenta para el cómputo del plazo de toma de posesión, señalado en el párrafo anterior. Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión y, en su caso, la prórroga del mismo tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo al centro de destino. Cuando un concursante no tome posesión de su nuevo destino dentro del plazo posesorio o, en su caso, de su prórroga se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario, salvo que tal extremo se produzca por causas suficientemente justificadas, así apreciadas, previa audiencia del interesado, por Osakidetza-Servicio vasco de salud. En tal caso podrá dejarse sin efecto dicha situación, debiendo el interesado incorporarse al nuevo destino tan pronto como desaparezcan los motivos que imposibilitaron su toma de posesión. Los reingresados provisionales que hayan solicitado todos los destinos convocados en su modalidad y Área de Salud, y no obtengan destino en este concurso, podrán optar por obtener nuevo destino provisional, o por pasar a la situación de excedencia voluntaria. En el primero de los supuestos, el reingreso se producirá por adscripción a un destino vacante de la correspondiente categoría de la misma Área de salud en que le fue concedida la excedencia o el reingreso provisional. En caso de no existir vacantes en dicha área, el interesado podrá solicitar el reingreso en cualquier otra. Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Cuarto.– Al amparo de lo establecido en la base 7. de la convocatoria, contra esta Resolución podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV. En Vitoria-Gasteiz, 25 de abril de 2001. El Director General del Servicio vasco de salud, FRANCISCO VILLAR COLSA.
NAN IZEN-ABIZENAK ESLEITUTAKO LANPOSTUA DNI NOMBRE Y APELLIDOS PLAZA ADJUDICADA 15942808 LOPE GORROTXATEGI, IZASKUN GIPUZKOAKO OSPITALEZ KANPOKO O.M.Z., Haur psikiatria C.S.M. EXTRAHOS. GIPUZKOA Psiquiatría Infantil 15945932 ROMERO HUERTA, EVA MARIA ARABAKO OSPITALE PSIKIATRIKOA HOSPITAL PSIQUIATRICO ALAVA 15363498 GONZALEZ LAGE, M.ª NIEVES TXAGORRITXUKO OSPITALEA HOSPITAL TXAGORRITXU 16249288 SAMANIEGO GARAY, LOURDES ARABAKO OSPITALE PSIKIATRIKOA HOSPITAL PSIQUIATRICO ALAVA 16259906 BALZA DE VALLEJO ARANA, MAITE ARABAKO OSPITALE PSIKIATRIKOA HOSPITAL PSIQUIATRICO ALAVA 16272004 LOPEZ DE MUNAIN ABASOLO, MARIA BEGOÑA ARABAKO OSPITALE PSIKIATRIKOA HOSPITAL PSIQUIATRICO ALAVA 30556428 COSTE MEDINA, MARIA ANGELES BIZKAIKO OSPITALEZ KANPOKO O.M.Z., Erzillako OMZ C.S.M. EXTRAHOS. BIZKAIA C.S.M. Ercilla 16270616 JORDANA ZORRILLA, JUAN BASURTUKO OSPITALEA HOSPITAL BASURTO 11729461 PALAZUELO HERNANDEZ, MATILDE ZAMUDIOKO OSPITALEA HOSPITAL DE ZAMUDIO 15829092 VALOIS NUÑEZ, M.ª CARMEN ARANTZAZU OSPITALEA HOSPITAL ARANZAZU 14925033 CARNICERO FERRERO, AURORA BIZKAIKO OSPITALEZ KANPOKO O.M.Z., Barakaldoko drogamendetasunetako zentroa C.S.M. EXTRAHOS. BIZKAIA Drogodependencias BarakaldoRESUELVO:
I. ERANSKINA / ANEXO I
GIZARTE LANGILEA / TRABAJADOR SOCIAL
LANPOSTUEN BEHIN BETIKO ESLEIPENA
ASIGNACIÓN DEFINITIVA DE DESTINOS
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