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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 72, martes 17 de abril de 2001


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
1966

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2001, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se acuerda someter a información pública el "Proyecto de defensa contra inundaciones y encauzamiento del río Oria, primera fase", en el término municipal de Itsasondo y su Estudio de Impacto Ambiental.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, deben someterse preceptivamente al correspondiente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, los planes y proyectos, bien fueran públicos o privados, que encontrándose recogidos en el Anexo I de la Ley, se pretendan llevar a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Habiéndose iniciado ante este órgano ambiental la tramitación relativa a la evaluación individualizada de impacto ambiental del "Proyecto de defensa contra inundaciones y encauzamiento del río Oria, primera fase", en el término municipal de Itsasondo, contemplado en el apartado 2.3 del Anexo I.B de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, procede su sometimiento al procedimiento previsto en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, y Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para su ejecución, debiendo acordarse, en consecuencia, un periodo de información pública por espacio de 30 días de conformidad con lo regulado en el artículo 17.º del mencionado Reglamento.

En consecuencia, y de conformidad, asimismo, con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO:

Artículo 1.– Someter al trámite de información pública por un periodo de 30 días hábiles, a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el BOPV, el "Proyecto de defensa contra inundaciones y encauzamiento del río Oria, primera fase", en el término municipal de Itsasondo y su Estudio de Impacto Ambiental, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimen oportunas.

Articulo 2.– A efectos de cumplimentar lo previsto en el artículo anterior, el expediente relativo al proyecto y estudio de impacto ambiental mencionados, se hallará a disposición de los interesados en la sede de la Dirección de Recursos Ambientales del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, C/ Donostia-San Sebastián, 1. 01010 Vitoria-Gasteiz, 2.ª planta, y en la Delegación Territorial del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente en Gipuzkoa, calle Andía 13, en Donostia-San Sebastián.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de febrero de 2001.

La Viceconsejera de Medio Ambiente,

ESTHER LARRAÑAGA GALDOS.

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Análisis documental