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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 64, lunes 2 de abril de 2001


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

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Diputación Foral de Álava
1762

ANUNCIO de la Orden Foral núm. 114/01, de 9 de febrero, en relación con el expediente de Plan Especial de Reforma Interior del ámbito correspondiente al PERI-6 de Litutxipi en el municipio de Agurain-Salvatierra.

En el día de la fecha el Departamento de Obras Públicas y Urbanismo, ha dictado la Orden Foral cuya parte dispositiva a continuación se publica:

«Primero.– Aprobar definitivamente el expediente de Plan Especial de Reforma Interior del ámbito correspondiente al PERI-6 de Litutxipi en el municipio de Salvatierra con la condición de introducir en el Documento las siguientes modificaciones:

1) Excluir de toda actuación la Zona de Dominio Público de la carretera A-3100 (3 metros entre la arista exterior de la explanación de la carretera y una línea paralela a ésta situada exteriormente).

2) Representar en los planos y respetar la Línea de Edificación que se sitúa a 25 m de la A-3100 desde la arista exterior de la calzada, así como la Zona de Servidumbre que no podrá tener otro uso distinto al de zona verde.

3) Indicar en los planos los futuros accesos a las parcelas 1 y 3 que no se podrán realizar en ningún caso directamente desde la carretera A-3100.

4) Deberá indicarse en los planos que, en el tramo colindante con la carretera A-3100, las canalizaciones correspondientes al ámbito discurran por la línea de servicios generales. Dicha línea se corresponde con una franja de terreno de 4 m de anchura medidos desde la línea exterior de la zona de servidumbre hacia el interior de la carretera.

Segundo.– Las modificaciones apuntadas no son sustanciales, por lo que una vez subsanadas se elevará el expediente a la Diputación Foral, sin necesidad de someterlo a un nuevo trámite de información pública, con el fin de declarar su ejecutoriedad y proceder a su diligenciación y publicación.

Tercero.– Publicar la presente resolución en los Boletines Oficial del País Vasco y del Territorio Histórico de Álava.»

Contra la presente Resolución podrá ser interpuesto recurso potestativo de reposición ante el mismo Órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 14 de enero, así como en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Vitoria-Gasteiz, a 9 de febrero de 2001.

El Diputado de Obras Públicas y Urbanismo,

ANTONIO AGUILAR MEDIAVILLA.


Análisis documental