
N.º 53, jueves 15 de marzo de 2001
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Justicia, Trabajo y Seguridad Social
1441
ORDEN de 20 de febrero de 2001, del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, de aprobación por parte del protectorado de fundaciones del País Vasco de modificación estatutaria de la fundación "Fundación Beato Domingo Iturrate", de Getxo (Bizkaia), y ulterior inscripción de la misma en el registro de fundaciones del País Vasco.
Visto y examinado el expediente por el que se solicita la aprobación del Protectorado de Fundaciones del País Vasco de la modificación de los Estatutos de la "Fundación Beato Domingo Iturrate" de Getxo (Bizkaia), así como su inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º.– En fecha 10 de octubre de 2000 tuvo entrada en el Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social escrito firmado por D. Juan F.º Libano Zumalacarregui, en nombre y representación de la "Fundación Beato Domingo Iturrate, a través del cual solicita del Protectorado de Fundaciones del País Vasco la aprobación de la modificació n estatutaria adoptada por su Patronato, así como la inscripción de dicha modificación estatutaria en el Registro de Fundaciones del País Vasco. Dicha modificación afecta al artículo 7.2 y 3 de los Estatutos Fundacionales, comprensivo de las reglas de determinación de beneficiarios.
2.º.– A dicha solicitud se adjuntó la siguiente documentación:
– Copia autorizada de la escritura de modificación estatutaria otorgada en Bilbao en fecha 28 de septiembre de 2000 por la "Fundación Beato Domingo Iturrate", ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Bilbao, D. José Ignacio Uranga Otaegui. (N.º de protocolo 3.429).
3.º.– En fecha 13 de noviembre de 2000 el Director de Estudios y Régimen Jurídico requirió de la "Fundació n Beato Domingo Iturrate" la subsanación de determinados defectos observados en la documentación sometida a aprobación del Protectorado, que fue cumplimentado en fecha 16 de enero de 2001 mediante la aportación de la siguiente documentación.
– Copia del Acta de protocolización autorizada en fecha 4 de enero de 2001 a instancia de la "Fundación Beato Domingo Iturrate" por el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Bilbao, D. José Ignacio Uranga Otaegui. (N.º de su protocolo 45).
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero.– Corresponde al Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social dictar mediante Orden, la Resolución del expediente de modificación estatutaria, sobre la base de los artí culos 36-3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, y 7-1.a) del Decreto 404/1994, de 18 de octubre.
Segundo.– Al presente expediente de aprobación de modificación estatutaria y ulterior inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumplié ndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 62 del Decreto 404/1994, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.
Tercero.– En fecha 5 de febrero de 2001 el Director de Estudios y Régimen Jurídico del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Decreto 404/1994, requirió de la Direcció n de Bienestar Social la emisión de Informe preceptivo con relación a la inscripció n registral de la modificación estatutaria de la "Fundación Beato Domingo Iturrate". Dicho Informe fue evacuado en fecha 14 de febrero de 2001 por la Dirección de Bienestar Social, en sentido favorable a la inscripción registral de la modificación estatutaria.
Vistos la Constitución vigente, el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Ley de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 404/1994, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Protectorado y Registro de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.
El Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social,
RESUELVE:
Primero.– Aprobar la modificación del artículo 7. 2 y 3 de los Estatutos de la "Fundación Beato Domingo Iturrate", comprensivo de las reglas para la determinación de los beneficiarios.
Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, en idénticos términos a lo establecido en los instrumentos notariales señalados en los Antecedentes de Hecho n.º 2 y 3 de la presente.
Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposició n ante este Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de febrero de 2001.
El Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social,
SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.
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