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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 21, martes 30 de enero de 2001


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Otras Disposiciones

Justicia, Trabajo y Seguridad Social
487

ORDEN de 3 de enero de 2001, del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo n.° 3408/97, interpuesto por M.ª Angeles Olaeta Bolinaga.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo el Recurso n.° 3408/97, interpuesto por M.ª Angeles Olaeta Bolinaga, en el que se impugna la Resolución del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, de fecha 20 de junio de 1997, desestimatoria del recurso ordinario formulado frente a la Resolución del Director de Empleo y Formación de 24 de marzo de 1997, por la que se deniegan a la recurrente los beneficios solicitados al amparo del Decreto 232/1996, de 1 de octubre, regulador de las ayudas al reparto de tiempo y a la contratación indefinida, la citada Sala de lo Contencioso ha dictado Sentencia de fecha veintiocho de noviembre de dos mil, cuya parte dispositiva dice así:

"Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo num. 3.408 de 1997, interpuesto por el procurador de los tribunales D. Francisco Ramón Atela Arana en nombre y representación de Dña. M.ª Angeles Olaeta Bolinaga, contra la Resolución del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, de fecha 20 de junio de 1997, declarando la disconformidad a derecho del acto impugnado que, consecuentemente, anulamos, declarando el derecho de la actora a obtener los beneficios solicitados en cuantía de 750.000 PTA, más los intereses legados que procedan desde la fecha en la que la petición administrativa debió ser resulta. Sin costas.".

En su virtud, el Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 303/1999, de 27 de julio, con relación a los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia, así como la inserción de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de enero de 2001.

El Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental