
N.º 21, martes 30 de enero de 2001
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Educación, Universidades e Investigación
484
ORDEN de 22 de enero de 2001, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se amplía el plazo establecido por la Orden de 3 de mayo de 2000, por la que se regula la financiación de gastos destinados para la adecuación de centros docentes públicos de titularidad municipal afectos al sistema educativo.
En el Boletín Oficial del País Vasco n.º 87 de 10 de mayo de 2000, se publicó la Orden de 3 de mayo de 2000, por la que se regula la financiación de gastos destinados para la adecuación de centros docentes públicos de titularidad municipal afectos al sistema educativo. El artículo 11.2 de la citada Orden establece como plazo para la presentación de la documentación justificativa el de un mes a partir de la finalización de la obra financiada, y en todo caso antes del 31 de enero de 2001.
Habiéndose presentado varios escritos solicitando la ampliación de dicho plazo en cuanto que las obras sufren retrasos, motivado por causas estrictamente técnicas , se considera necesario ampliar el plazo de presentación de la documentación justificativa en seis meses, para que todos los adjudicatarios dispongan del tiempo suficiente para presentar las mismas.
En virtud del articulo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley, 4/1999, de 13 de enero,
DISPONGO:
Artículo único.– Ampliación de plazo.
El plazo previsto en el artículo 11.2 de la Orden de 3 de mayo de 2000, por la que se regula la financiación de gastos destinados para la adecuación de centros docentes públicos de titularidad municipal afectos al sistema educativo se amplia 6 meses a contar desde la publicación de la presente Orden.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 22 de enero de 2001.
El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,
INAXIO OLIVERI ALBISU.
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