
N.º 17, miércoles 24 de enero de 2001
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Sanidad
354
RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2001, del Director de Ordenación Sanitaria, por la que se concede a D.ª M.ª del Carmen Prado San Teodoro autorización de funcionamiento de oficina de farmacia en el municipio de Leioa.
ANTECEDENTES
1.– Mediante resolución del Director de Ordenación Sanitaria, de 22 de mayo de 2000, se reconoce a D.ª M.ª del Carmen Prado San Teodoro el derecho a promover la apertura de oficina de farmacia en la Zona Farmacéutica Leioa en uso de los derechos inherentes a la oficina de farmacia de la que era titular y propietaria D.ª M.ª Yolanda Díez San Vicente, y que le fueron adjudicados por auto de la Juez de 1.ª Instancia n.º 44 de Madrid.
2.– De conformidad con la referida resolución, la apertura de la oficina de farmacia habría de tramitarse, por razones de seguridad jurídica y para garantizar la protección de los intereses concurrentes, aplicando lo dispuesto en el artículo 5 y Capítulos II y III del Título I del Decreto 338/1995, de 27 de junio, por el que se regulan los procedimientos de creación, traslado, cierre y funcionamiento de las oficinas de farmacia.
3.– Mediante resolución de 20 de octubre de 2000, del Director de Ordenación Sanitaria, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 217, de 13 de noviembre de 2000, se concedió a la interesada autorización de creación de oficina de farmacia a ubicar en la calle Artatzagane n.º 20 de Leioa (Bizkaia), en la Zona Farmacéutica Leioa, condicionada a la obtención de la correspondiente autorización de funcionamiento.
4.– Dentro del plazo establecido, con fecha 27 de noviembre de 2000, D.ª M.ª del Carmen Prado San Teodoro presentó solicitud de autorización de funcionamiento de la oficina de farmacia, acompañando al efecto la declaración jurada de no estar incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad previstas en el artículo 40 de la citada Ley 11/1994, exigida en el apartado cuarto de la parte dispositiva de la resolución de 22 de mayo de 2000, en relación con el artículo 7 del Decreto 338/1995.
5.– Con fecha 18 de diciembre de 2000, se gira visita de inspección comprobándose que la ubicación del local coincide con la autorizada, así como que los locales e instalaciones se ajustan al proyecto autorizado.
CONSIDERACIONES
1.– De acuerdo con lo señalado en el artículo 34 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con el 7 b) del Decreto 65/1999, de 2 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad, compete la resolución del presente expediente al Director de Ordenación Sanitaria.
2.– Ha quedado comprobado el cumplimiento de las condiciones y requisitos que sirvieron de base para conceder la autorización de creación de la oficina de farmacia de la Sra. M.ª del Carmen Prado San Teodoro, así como del resto de prescripciones contenidas en el Capítulo III del Título II del Decreto 338/1995, en relación con la resolución del Director de Ordenación Sanitaria, de 22 de mayo de 2000.
Por todo ello, vistos los preceptos citados y los de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Conceder autorización de funcionamiento a la oficina de farmacia de D.ª M.ª del Carmen Prado San Teodoro, ubicada en la calle Artatzagane n.º 20 de Leioa (Bizkaia).
Segundo.– La apertura al público de dicha oficina de farmacia deberá efectuarse dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la presente resolución. En ese momento contará con dotación suficiente de medios técnicos y materiales.
La Sra. D.ª M.ª del Carmen Prado San Teodoro deberá comunicar la fecha de la apertura al público de su oficina de farmacia a este Departamento y al Colegio Oficial de Farmacéuticos de Bizkaia con antelación a su materialización.
Tercero.– Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante esta Dirección o ante el Viceconsejero de Planificación y Ordenación Sanitaria, en el plazo de un mes desde su notificación a los interesados. La resolución del recurso de alzada corresponde al Viceconsejero de Planificación y Ordenación Sanitaria.
Cuarto.– La presente resolución será comunicada al Colegio Oficial de Farmacéuticos de Bizkaia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Decreto 338/1995.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de enero de 2001.
El Director de Ordenación Sanitaria,
MANUEL ERREZOLA SAIZAR.
RSS