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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 239, viernes 15 de diciembre de 2000


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Otras Disposiciones

Transportes y Obras Públicas
5640

ORDEN de 24 de noviembre de 2000, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se adjudica la Beca F-31 del Programa 2000 de la Escuela de Administración Marítima.

Mediante Orden de 9 de junio de 2000, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, se procedió a la convocatoria del Programa de Becas 2000 de la Escuela de Administración Marítima (Boletín Oficial del País Vasco n.º 135 de 14 de julio de 2000).

Con fecha 7 de noviembre de 2000 fue comunicada la decisión de la comisión de selección a los interesados a los efectos de cumplimiento de la base 8.ª.5 de la Orden de convocatoria, no habiéndose producido alegaciones.

Con fecha 23 de noviembre de 2000, se eleva propuesta de adjudicación de la citada beca al Departamento de Transportes y Obras Públicas, formulada por la Comisión de selección constituido a tal efecto, según se desprende del Acta de la reunión del mismo, de fecha 6 de noviembre de 2000, y que se incorpora como Anexo a la presente Orden.

La tramitación de las citadas Becas cumple con todos los requisitos exigidos para la misma, en su Orden de convocatoria.

Considerando que este Departamento es competente para resolver el expediente que se examina, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Gobierno de 30 de junio de l981, en el artículo 3 del Decreto 10/2000, de 18 de enero, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Transportes y Obras Públicas, así como en la Orden de 9 de junio de 2000, por la que se convoca el programa de Becas correspondiente al año 2000 (BOPV 135 de 14 de julio de 2000).

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1.º.– Otorgar la Beca F-31 del programa 2000 de la Escuela de Administración Marítima por el importe del crédito de 2.000.000 ptas. de la partida presupuestaria 00.0.1.11.13.0100.4.453.01.51510. 002/A , en favor de D. Nekane Ruibal Ibañez con arreglo a la Orden de convocatoria y de conformidad con la propuesta de la Comisión de Selección prevista en la misma.

Artículo 2.º.– El adjudicatario de la misma desarrollará esta beca de acuerdo a lo dispuesto en la Orden de convocatoria, sometiéndose a las disposiciones que rigen en la Escuela de Administración Marítima en cuanto a disciplina, horario y régimen académico, salvo los desplazamientos que sean necesarios para el desarrollo de la misma, previa autorización.

El pago de la beca se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de convocatoria, condicionando el primer pago de la misma al cumplimiento de las exigencias derivadas sobre la incompatibilidad del trabajo remunerado previsto en la base undécima, lo cual será verificado por los servicios técnicos de la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos, y si no se cumpliera la misma procedería dejar sin efecto la presente Orden.

Artículo 3.º.– La presente Orden agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Organo que la dicta o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2000.

El Consejero de Transportes y Obras Públicas,

ALVARO AMANN RABANERA.


Análisis documental