
N.º 218, martes 14 de noviembre de 2000
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Disposiciones Generales
Justicia, Trabajo y Seguridad Social
5009
DECRETO 182/2000, de 19 de septiembre, por el que se articula el Programa Auzolan, para la Inserción Laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión (corrección de errores).
El artículo 24.1 del Decreto 155/1993, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento rectificará de oficio o a instancia del órgano o entidad interesado los errores tipográficos o de impresión que se produzcan en la inserción de los textos publicados, siempre que supongan alteración o modificación del sentido de los mismos o puedan suscitar dudas al respecto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto del Decreto 182/2000, de 19 de septiembre, por el que se articula el Programa Auzolan, para la Inserción Laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 188 de 29 de septiembre de 2000, se procede a su corrección:
– En el artículo 3, tras el apartado d), le corresponde el apartado e) (desapareciendo el f) y g)), cuya redacción será la siguiente:
"e) Balance de competencias socio-profesionales adquiridas durante todo el proceso y concreción de un Programa de inserción laboral a desarrollar tras la salida del Programa Auzolan ajustado a sus capacidades, intereses y motivaciones: acciones encaminadas a movilizar a la persona hacia la búsqueda activa de empleo, a partir de la concreción de un itinerario integral de inserción personal que irá desarrollando tras la salida del programa Auzolan y que puede combinar en el tiempo acciones de formación profesional ocupacional, prácticas laborales, acciones de motivación hacia el empleo, acciones de orientación profesional, programas de empleo-formación, etc. Estas acciones de balance y elaboración del programa tendrán una duración mínima de 10 horas y máxima de 20 horas y se realizará en procesos grupales en las últimas semanas de duración de la fase de contratación."
RSS