
N.º 182, jueves 21 de septiembre de 2000
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Hacienda y Administración Pública
4087
DECRETO 170/2000, de 1 de septiembre, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación denominada Orereta Kultur Elkartea, de Errenteria.
El artículo 22 de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, de Asociaciones, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública las Asociaciones inscritas que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades a la promoción del interés general de Euskadi.
A su amparo, la Asociación denominada Orereta Kultur Elkartea, de Errenteria, ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que realiza en el ámbito educativo, cultural, deportivo y de promoción del euskera, la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.
Desde su constitución en el año 1968, la Asociación ha venido realizando diversas actividades culturales y de fomento del euskera y, fundamentalmente, una intensa actividad docente a través del centro denominado Orereta Ikastola, que le han reportado un merecido prestigio y el reconocimiento unánime de cuantas instituciones y entidades tienen competencias en la materia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda por razón de la materia, previo informe de los mismos y de los entes y organizaciones interesados. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto, en los que manifiestan su parecer favorable a la declaración de esta Asociación como de Utilidad Pública.
En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública, Educación, Universidades e Investigación, Justicia, Trabajo y Seguridad Social y Cultura, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de septiembre de 2000.
DISPONGO:
Artículo único.– Declarar de Utilidad Pública a la Asociación denominada Orereta Kultur Elkartea, de Errenteria, inscrita con el número AS.P.G.00396 en el Registro General de Asociaciones, por considerar que contribuye a la promoción del interés general de Euskadi mediante el desarrollo de sus actividades.
Asimismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 22.2 de la Ley 3/1988, de 12 de Febrero.
Dado en Donostia-San Sebastián, a 1 de septiembre de 2000.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN.
El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,
INAXIO OLIVERI ALBISU.
El Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social,
SABIN INTXAURRAGA MENDÍBIL.
La Consejera de Cultura,
M.ª CARMEN GARMENDIA LASA.
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