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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 154, viernes 11 de agosto de 2000


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Otras Disposiciones

Presidencia del Gobierno
3579

DECRETO 145/2000, de 18 de julio, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación denominada "Promoción Claretiana de Desarrollo-Euskadi (PROCLADE-EUSKADI)", de Bilbao.

El artículo 22 de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, de Asociaciones, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública las Asociaciones inscritas que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades a la promoción del interés general de Euskadi.

A su amparo, la Asociación denominada "Promoción Claretiana de Desarrollo- Euskadi (PROCLADE-EUSKADI)", de Bilbao, ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que realiza en el campo de la cooperación para el desarrollo de los pueblos y zonas más desfavorecidas del Tercer Mundo, la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.

Desde su constitución en el año 1989, la Asociación ha venido realizando diversas actividades de fomento de la solidaridad humana, de sensibilización y concienciación social en materia de cooperación para el desarrollo de los países y de las zonas más desfavorecidas del mundo, actividades orientadas a la promoción del desarrollo integral de la persona y de los pueblos, fundamentalmente del Tercer Mundo, en el orden social, sanitario y económico.

A través de esta labor que ha venido realizando en el campo de la cooperación al desarrollo de los pueblos del Tercer Mundo, PROCLADE-EUSKADI ha conseguido un merecido prestigio y el reconocimiento unánime de cuantas instituciones y entidades tienen competencias en la materia, lo que se ha traducido en el apoyo y financiación por parte de las mismas de los diferentes proyectos de cooperación al desarrollo que ha llevado a cabo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda por razón de la materia, previo informe de los mismos y de los entes y organizaciones interesados. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto, en los que manifiestan su parecer favorable a la declaración de esta Asociación como de Utilidad Pública.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Presidencia del Gobierno y de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública, Justicia, Trabajo y Seguridad Social, y Cultura, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de julio de 2000.

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DISPONGO:

<PALIGN="JUSTIFY"> Artículo único.– Declarar de Utilidad Pública a la Asociación denominada "Promoción Claretiana de Desarrollo- Euskadi (PROCLADE-EUSKADI)", de Bilbao, inscrita con el número AS/B/01738/1989 en el Registro General de Asociaciones, por considerar que contribuye a la promoción del interés general de Euskadi mediante el desarrollo de sus actividades.

Asimismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 22.2 de la Ley 3/1988, de 12 de febrero.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 18 de julio de 2000.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social,

SABIN INTXAURRAGA MENDÍBIL.

La Consejera de Cultura,

M.ª. CARMEN GARMENDIA LASA.


Análisis documental