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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 137, martes 18 de julio de 2000


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Otras Disposiciones

Sanidad
3138

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2000, del Director de Ordenación Sanitaria, por la que se concede autorización de funcionamiento a la oficina de farmacia de Dña. M.ª Asunción Celigueta Crespo.

Vista la solicitud de autorización de funcionamiento de la oficina de farmacia de Dña. M. Asunción Celigueta Crespo, sita en la C/ Cuchillería, 49-51 de Vitoria-Gasteiz (Álava).

HECHOS

Primero.– Mediante Resolución de esta Dirección, de 24 de noviembre de 1999, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 13 de diciembre del mismo año, se concedió a Dña. Asunción Celigueta Crespo autorización de creación de oficina de farmacia en la calle Cuchillería, 49-51 de la zona de salud 1.1.05 de Vitoria-Gasteiz (Álava), condicionada a la obtención de la correspondiente autorización de funcionamiento.

Segundo.– El día 1 de junio de 2000 ha tenido entrada en este Departamento un escrito de la Sra. Celigueta solicitando la autorización de funcionamiento de la oficina de farmacia a que se refiere el hecho primero de esta resolución.

Consta en el expediente la declaración jurada de la Sra. Celigueta de no hallarse incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad a que se refiere el artículo 40 de la Ley de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Tercero.– Girada visita de inspección el día 12 de junio de 2000 al local sito en la calle Cuchillería, 49-51 de Vitoria-Gasteiz, consta en el acta emitida que la localización y distribución del local y sus instalaciones y equipamiento se ajustan al proyecto presentado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– En virtud de lo establecido en el artículo 7 b) del Decreto 65/1999, de 2 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad, corresponde al Director de Ordenación Sanitaria resolver la presente solicitud.

Segundo.– Ha quedado comprobado el cumplimiento de las condiciones y requisitos que sirvieron de base para conceder la autorización de creación de la oficina de farmacia de la Sra. Celigueta, así como del resto de prescripciones contenidas en el artículo 13 del Decreto 301/1995, de 13 de junio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de las oficinas de farmacia a las que se refiere la Disposición Adicional Tercera de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Por todo ello, vistos los preceptos citados y los de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Conceder la autorización de funcionamiento a la oficina de farmacia de la que es titular y propietaria Dña. M.ª Asunción Celigueta Crespo, sita en la calle Cuchillería, 49-51 de Vitoria-Gasteiz (Álava).

Segundo.– La apertura al público de dicha oficina de farmacia deberá efectuarse dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la presente resolución. En ese momento contará con dotación suficiente de medios técnicos y materiales.

La Sra. Celigueta deberá comunicar la fecha de la apertura al público de su oficina de farmacia a este Departamento y al Colegio Oficial de Farmacéuticos de Álava con antelación a su materialización.

Tercero.– Notifíquese a los interesados la presente resolución, con indicación de que no agota la vía administrativa y que contra ella podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Planificación y Ordenación Sanitaria o ante esta Dirección, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, así como cualquier otro que estimen oportuno.

Comuníquese, asimismo, al Colegio Oficial de Farmacéuticos de Álava, en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 4 del artículo 13 del Decreto 301/1997, de 13 de junio.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de junio de 2000.

El Director de Ordenación Sanitaria,

MANUEL ERREZOLA SAIZAR.


Análisis documental