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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 120, sábado 24 de junio de 2000


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Hacienda y Administración Pública
2717

ORDEN de 22 de junio de 2000 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para el ingreso como funcionario de carrera en plazas de Técnico de Salud Pública pertenecientes al Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Decreto 59/2000, de 28 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000 de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, contiene las plazas que habrán de ser provistas en el referido ejercicio mediante los correspondientes procesos selectivos.

La Orden de 22 de junio de 2000 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, aprueba las bases generales que han de regir los procesos selectivos para el ingreso como funcionario de carrera al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco derivados de la citada oferta de empleo público.

Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de plazas de cada Cuerpo, en las que se especifiquen las características particulares de cada una de ellos.

En virtud de todo lo anterior,

DISPONGO:

Primero.– Convocar las pruebas selectivas que son objeto de las presentes bases.

Segundo.– Aprobar las bases específicas, que figuran como Anexo I, y que han de regir el proceso selectivo para el ingreso como funcionario de carrera en plazas de Técnico de Salud Pública pertenecientes al Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco derivado de la oferta de empleo público para el año 2000.

Tercero.– Aprobar el temario correspondiente que figura como Anexo II de la presente Orden.

Cuarto.– Contra la presente Orden de la Consejera de Hacienda y Administración Pública podrá interponerse, ante el mismo órgano, recurso potestativo de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La falta de resolución expresa a dicho recurso tendrá carácter desestimatorio.

Asimismo, podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a veintidos de junio de dos mil.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN

BASES ESPECÍFICAS

CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

PLAZAS: TÉCNICO DE SALUD PÚBLICA

1.– PLAZAS CONVOCADAS.

Se convocan 34 plazas de Técnico de Salud Pública pertenecientes al Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Grupo A de titulación), según la siguiente distribución:

– Plazas en turno libre: 32

Con exigencia de perfil lingüístico 3: 12

Sin exigencia de perfil lingüístico: 20

– Plazas por el turno de promoción interna: 1

Sin exigencia de perfil lingüístico: 1

– Plazas por el turno de personal minusválido: 1

Sin exigencia de perfil lingüístico: 1

2.– REQUISITOS PARA TOMAR PARTE EN LA PRESENTE CONVOCATORIA

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3 de las bases generales, la titulación requerida es: Licenciado en Biología, Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Licenciado en Farmacia, Licenciado en Medicina, Licenciado en Química, Licenciado en Veterinaria o equivalente.

Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán proceder de cualquiera de los Cuerpos del Grupo B.

3.– PROCEDIMIENTO SELECTIVO.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a cuatro horas, a un cuestionario de 200 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas, que versarán sobre las materias del temario señalado en el Anexo II de estas bases específicas, serán extraídas del conjunto de preguntas facilitadas por la Administración y remitidas a los interesados con antelación a la publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial del País Vasco.

Publicada la relación definitiva de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial del País Vasco, si algún interesado no hubiera recibido el conjunto de preguntas, dispondrá de un plazo de diez días hábiles para reclamarlo. Las preguntas le serán enviadas, previa comprobación de su admisión al proceso.

Asimismo, estarán disponibles en las direcciones electrónicas de Internet que se señalan en el apartado 4.1.b) de las bases generales.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo que determine el Tribunal, de uno o más supuestos de carácter práctico a elegir entre varios que plantee el Tribunal, relacionados con la parte específica del temario adjunto.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes únicamente podrán hacer uso de códigos y similares u otros materiales técnicos que determine el Tribunal en atención a la naturaleza y contenido del ejercicio.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos 1, 2 y 3.

Aquellas personas que tengan acreditado alguno de dichos perfiles lingüísticos, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes del Instituto Vasco de Administración Pública que se encuentran en las siguientes direcciones:

– En Vitoria-Gasteiz: C/ Donostia-San Sebastián, 1 (Lakua) C.P.: 01010.

– En Bilbao: Alameda de Recalde, 18. C.P.: 48009

– En Donostia-San Sebastián: C/ Prim, 7. C.P.: 20007

– En Oñati: Universidad s/n. C.P.: 20560.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– CALIFICACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO.

4.1.– Fase de oposición

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la tercera parte del número de errores (P= A - E/3), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de doscientos (200) puntos.

Para la obtención de una puntuación final de cinco (5) puntos se precisará que, tras la aplicación de la fórmula referida, la puntuación directa resultante sea igual al sesenta y cinco por ciento (65%) de la máxima puntuación directa alcanzable, es decir, ciento treinta (130) puntos.

En caso de que el número de aprobados resulte inferior al triple de plazas convocadas, se rebajará la puntuación directa necesaria para obtener una puntuación final de cinco (5) puntos hasta la puntuación que permita lograr que el número de aprobados alcance el triple de plazas convocadas. En cualquier caso, la puntuación directa necesaria para aprobar no podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%) de la máxima puntuación directa alcanzable, es decir, cien (100) puntos.

Establecida la puntuación directa equivalente a cinco (5) puntos, se convertirán las puntuaciones directas obtenidas por los aspirantes aprobados en puntuaciones finales, atendiendo a una distribución proporcional, de tal forma que la puntuación final diez (10) puntos se corresponda con la puntuación directa de doscientos (200) puntos. Todas estas operaciones se realizarán sin conocer la identidad de los aspirantes.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este ejercicio se tendrá en cuenta la exactitud de las respuestas, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección de la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, cuando opten a puestos con exigencia de perfil lingüístico.

Cuando no opten a puestos con exigencia de perfil lingüístico, obtendrán la siguiente puntuación, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

– Perfil lingüístico 1: 1,75 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 2,5 puntos.

– Perfil lingüístico 3: 3,75 puntos.

4.3.– Fase de concurso

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal al que le es aplicable la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

Por los servicios prestados hasta el día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, en cualquier Administración Pública en calidad de interino o contratado administrativo de colaboración temporal, een plazas abiertas a Licenciado en Biología, Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Licenciado en Farmacia, Licenciado en Medicina, Licenciado en Química o Licenciado en Veterinaria del Cuerpo Superior Facultativo o cuerpo equivalente: 0,1 punto por mes completo de servicios prestados, con un máximo de nueve (9) puntos.

4.3.1.1.– El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y, una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

4.3.1.2.– El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que pueda reproducirse para el acceso a Cuerpos diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, el Cuerpo al que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.2.– Baremo de méritos para el resto de personal del turno libre y turno de personal minusválido

4.3.2.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas.

La puntuación máxima alcanzable por servicios prestados en las Administraciones Públicas será de seis (6) puntos, de acuerdo a la siguiente distribución:

a).– Por servicios prestados, hasta el día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en plazas abiertas a Licenciado en Biología, Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Licenciado en Farmacia, Licenciado en Medicina, Licenciado en Química o Licenciado en Veterinaria del Cuerpo Superior Facultativo o cuerpo equivalente: 0,05 puntos por mes completo de servicios, con un máximo de seis (6) puntos.

Asimismo serán objeto de la misma valoración los servicios prestados en régimen laboral en categorías análogas.

b).– Por servicios prestados, hasta el día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, en el resto de Administraciones Públicas, en plazas abiertas a Licenciado en Biología, Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Licenciado en Farmacia, Licenciado en Medicina, Licenciado en Química o Licenciado en Veterinaria del Cuerpo Superior Facultativo o cuerpo análogo: 0,03 puntos por mes completo de servicios, con un máximo de seis (6) puntos.

Asimismo serán objeto de la misma valoración los servicios prestados en régimen laboral en categorías análogas.

4.3.2.2.– El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y, una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

4.3.2.3.– El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que pueda reproducirse para el acceso a Cuerpos diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, el Cuerpo al que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.2.4.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a las plazas de Técnico de Salud Pública, sobre materias directamente relacionadas con las funciones de tales plazas, con un máximo de un (1) punto, conforme al siguiente baremo:

• Título de Doctor: 1 punto por título.

• Otras titulaciones universitarias superiores oficiales: 1 punto por título.

• Otras titulaciones universitarias medias oficiales: 0,75 puntos por título.

• Títulos de postgrado expedidos por universidades oficiales (Títulos propios y masters): 0,75 puntos por título.

4.3.2.5.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de dos (2) puntos, conforme al siguiente baremo:

• Conocimiento de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 3.º de la Escuela Oficial de Idiomas: un (1) punto por cada idioma.

• Conocimiento de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 4.º de la Escuela Oficial de Idiomas: un punto y medio (1.5) por cada idioma.

Para determinar el grado de conocimiento de los idiomas, los aspirantes deberán superar la prueba que al efecto se establezca, no valorándose, en ningún caso, un nivel de conocimiento inferior al de 3.º de la Escuela Oficial de Idiomas. El Tribunal podrá estar asistido por asesores designados por la Escuela Oficial de Idiomas.

Estarán exentos de realizar la citada prueba los aspirantes que hubieran aportado en el plazo establecido para la acreditación de los méritos el correspondiente certificado de la Escuela Oficial de Idiomas.

4.3.3.– Baremo de méritos para el turno de promoción interna

4.3.3.1.– Antigüedad reconocida en la Administración Pública.

La antigüedad en la Administración Pública hasta el día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, se valorará con un máximo de seis (6) puntos, a razón de 0,05 puntos por mes completo de servicios. Sólo se computará la antigüedad reconocida por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a efectos de trienios.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que pueda reproducirse para el acceso a Cuerpos diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, el Cuerpo al que decide vincular el tiempo de servicos prestados.

4.3.3.2.– Titulaciones académicas e idiomas

Las titulaciones académicas e idiomas se valorarán conforme a los criterios y baremos expresados para los turnos de acceso libre y de personal minusválido.

5.– ACREDITACIÓN DE MÉRITOS

5.1.– Los servicios prestados en la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los períodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– En el supuesto de que se pretenda alegar y acreditar servicios prestados en Administraciones diferentes a la General de la Comunidad Autónoma del País Vasco en plazas abiertas a Licenciado en Biología, Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Licenciado en Farmacia, Licenciado en Medicina, Licenciado en Química o Licenciado en Veterinaria del Cuerpo Superior Facultativo, o cuerpo equivalente o análogo, y la apertura de la plaza no estuviera reflejada en el certificado de servicios prestados, se deberá aportar copia del documento justificativo de la misma.

5.4.– Los servicios prestados en la Administración Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.5.– La antigüedad se incluirá de oficio, por lo que no será necesaria su acreditación. En el caso de que el aspirante concurra a más de un Cuerpo, deberá manifestar el Cuerpo al que opta por vincular su tiempo de servicios prestados.

5.6.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo.

6.– CALIFICACIÓN FINAL

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en las direcciones electrónicas que se mencionan en el apartado 4.1.b) de las bases generales.

ANEXO II

TÉCNICO DE SALUD PÚBLICA

TEMARIO GENERAL

I. GEOGRAFÍA E HISTORIA DEL PAÍS VASCO

1.– Geografía física y humana del País Vasco: Generalidades.

2.– Historia del País Vasco: Generalidades.

II. ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA

3.– La Constitución Española de 1978: principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

4.– Organización territorial del Estado: Los Estatutos de Autonomía. Las Comunidades Autónomas: su organización y competencias.

5.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco: Concepto y naturaleza. Competencias de la Comunidad Autónoma Vasca. Los Poderes del País Vasco. Concierto económico y cupo.

6.– Los Territorios históricos: Instituciones Forales: Juntas Generales y Diputaciones Forales: Aspectos generales de la distribución de competencias entre las Instituciones Comunes y las Forales.

7.– La Administración de la Comunidad Autónoma Vasca: Cuerpos docentes de la enseñanza no universitaria: principios generales. Ertzaintza y Osakidetza: principios generales.

III. DERECHO y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

8.– Fuentes del Derecho Administrativo. Jerarquía de normas. El principio de legalidad en la administración pública.

9.– El acto administrativo: producción, contenido, motivación y forma. La presunción de legitimidad de los actos administrativos. La eficacia del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos administrativos. Silencio administrativo.

10.– El procedimiento administrativo: la ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas: Principios generales. Interesados. Abstención y recusación. Los derechos de los ciudadanos. Registros administrativos. Órganos colegiados. Principios organizativos: Jerarquía y competencia. La Delegación, la avocación y la sustitución.

11.– El procedimiento administrativo: la ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas: Fases del procedimiento administrativo. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento. Los recursos administrativos.

12.– La responsabilidad de las administraciones públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

13.– El personal al servicio de las administraciones públicas: tipología. Derechos y deberes de los funcionarios públicos.

14.– Normalización lingüística del uso del euskera en la administración general, la administración educativa y la ertzaintza: principios generales, el perfil lingüístico, la preceptividad de los perfiles lingüísticos, los planes de normalización lingüística.

15.– El presupuesto: Concepto y clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. La ejecución del Presupuesto de Gastos: sus fases. El presupuesto de ingresos de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Clasificación de los ingresos.

TEMARIO ESPECÍFICO

1.– Salud y enfermedad. Modelos. Historia natural de la enfermedad. Factores de riesgo. Prevención y Promoción de la salud. Salud Pública.

2.– Sistemas de salud. Organización del sistema de salud de la C.A.P.V. Funciones del Dpto. de Sanidad. Plan de Salud.

3.– Fundamentos para la elaboración de un programa de salud. Diseño de un programa. Planificación de recursos.

4.– Estadística descriptiva: conceptos básicos. Variables. Parámetros que definen una distribución. Representación gráfica.

5.– Distribución binomial, de Poisson y Normal.

6.– Universo y muestra: conceptos y tipos de muestras.

7.– Estimación de parámetros. Intervalos de confianza. Comprobación de hipótesis. Pruebas de significación y pruebas de hipótesis.

8.– Comparación de medias: Pruebas t y análisis de la varianza.

9.– Regresión lineal y correlación.

10.– Valoración de riesgos. Conceptos básicos. Fases de la valoración de riesgos. Utilización de la valoración de riesgos para el establecimiento de estándares.

11.– Epidemiología: definición y concepto, objetivos. Medidas de frecuencia en epidemiología. Concepto de razón, proporción, tasa. Medidas de incidencia y prevalencia. Medidas de frecuencia: medidas de asociación y medidas de impacto. Estandarización de tasas, estandarización directa e indirecta.

12.– Estudios epidemiológicos. Estudios descriptivos y estudios analíticos. Estudios prospectivos y retrospectivos. Estudios experimentales y no experimentales. Causalidad y riesgo. Asociación estadístiva y relación causa–efecto. Criterios de causalidad.

13.– Tipos de estudios epidemiológicos: casos–control, cohorte, transversal, experimental. Concepto, ventajas e inconvenientes. Análisis, interpretación y aplicaciones.

14.– Aplicaciones de la epidemiología en salud pública. Identificación de prioridades, procesos emergentes y grupos de riesgo. Evaluación de programas. Sistemas de vigilancia epidemiológica.

15.– Sistemas de información en salud pública. Fuentes de datos individuales. Encuestas de salud. Sistemas de registro de morbilidad: Registros de Cáncer, Registros de enfermedades crónicas seleccionadas, CMDB. Utilización para vigilancia y planificación de medidas de gestión clínica y promoción de la salud.

16.– Estudio de brotes epidémicos. Concepto, recogida de información, análisis, interpretación y medidas de control. Enfermedades transmitidas por alimentos. Principales etiologías y factores de riesgo. Situación en la CAPV. Resistencias antibióticas. Implicaciones en salud pública. Transmisión de las resistencias.

17.– Epidemiología ambiental. Vigilancia y monitorización ambiental. Metodología e investigación de epidemias, establecimientos de estándares. Cáncer y Medio Ambiente.

18.– Compuestos orgánicos persistentes: hidrocarburos aromáticos policíclicos. Bifenilos polihalogenados, hexaclorocicloexanos, policlorodibenzodioxinas y policlorodibenzofuranos, disruptores endocrinos. Características generales. Toxicología. Riesgos para la salud.

19.– Metales pesados y arsénico; Origen. Toxicidad. Regulación de su presencia en los alimentos, estrategias de vigilancia y control.

20.– Plaguicidas. Conceptos básicos. Tipos. Toxicidad. Plaguicidas y su impacto en el medio ambiente. Residuos plaguicidas. Límite máximo de residuos. Vigilancia. Legislación.

21.– Tóxicos naturales presentes en los alimentos: características y efectos sobre la salud.

22.– Aditivos alimentarios: Clasificación. Criterios de utilización. Procedimiento para establecer cantidades máximas permitidas. Estrategias de vigilancia y control. Estimación de ingestas.

23.– Residuos de medicamentos de uso veterinario. Procedimiento para establecer los límites máximos permitidos. Estrategia de vigilancia y control.

24.– Exposición a contaminantes químicos a través de los alimentos. Métodos para estimar la exposición. Ventajas e inconvenientes. Identificación de grupos de riesgo.

25.– Valoración del estado nutricional de una población. Métodos para estimar el consumo de alimentos. Tablas de composición de alimentos. Indicadores bioquímicos y antropométricos. Desarrollo de recomendaciones nutricionales. Aspectos nutricionales de determinadas enfermedades.

26.– Vitaminas y oligoelementos esenciales. Funciones. Principales fuentes alimentarias. Establecimientos de recomendaciones dietéticas.

27.– Política de la Unión Europea en materia de seguridad alimentaria. Principios fundamentales del libro blanco de seguridad alimentaria.

28.– Codex Alimentarius. Estructura. Funciones y métodos de trabajo de los diferentes Comités. Relación con otros Organismos Internacionales.

29.– Alimentos modificados genéticamente. Posibles riesgos para la salud y para el medio ambiente. Concepto de equivalencia substancial. Regulación del etiquetado de ingredientes y aditivos alimentarios obtenidos por modificación genética.

30.– Aguas de consumo. Captación, tratamiento y distribución. Condiciones higiénico–sanitarias de los sistemas de abastecimiento.

31.– Aspectos microbiológicos de las aguas de consumo: Agentes principales. Indicadores. Aspectos químicos del agua de consumo: Estimación del riesgo para la salud: Cálculo e interpretación de los valores guía. Contaminantes principales.

32.– Calidad de las aguas de consumo. Diseño de un Programa de control y vigilancia del agua de consumo. Legislación.

33.– Playas. Entorno físico. Condiciones higiénico–sanitarias del entorno. Calidad del agua de baño. Legislación. Diseño de un programa de control y vigilancia. Riesgos para la salud asociados con las playas.

34.– Piscinas y spas. Características del entorno. Condiciones higiénico–sanitarias de los establecimientos con piscina o similar. Calidad del agua de baño. Legislación. Diseño de un programa de control y vigilancia. Riesgos para la salud.

35.– Residuos sólidos. Tipos. Características generales. Gestión de residuos. Vertederos. Residuos sanitarios. Legislación.

36.– Contaminación atmosférica. Fuentes. Contaminantes. Inmisión. Emisión. Medidas de control. Transportes y difusión. Monitorización. Legislación.

37.– Características toxicológicas de los contaminantes atmosféricos: Dióxido de azufre, partículas en suspensión, dióxido de nitrógeno, ozono y plomo. Epidemiología de las enfermedades relacionadas con contaminación atmosférica.

38.– El suelo. Contaminación. Rutas de exposición a los contaminantes del suelo. Evaluación de riesgos para la salud.

39.– Sistemas de HACCP. Principios. Diagramas de flujo. Análisis de peligros y medidas preventivas. Identificación de los Puntos de Control Críticos (PCCs). Autocontrol de establecimientos.

40.– Sistemas HACCP: Límites críticos. Ventajas e inconvenientes del sistema. Vigilancia del sistema y medidas correctoras. Documentación del sistema y metodología de verificación. Revisión del sistema.

41.– Prevención de riesgos sanitarios en el diseño de establecimientos alimentarios: Ubicación del establecimiento. Distribución de locales, áreas y procesos. Componentes estructurales. Control del medio ambiente y eliminación de resíduos en los establecimientos alimentarios.

42.– Buenas Prácticas de Fabricación (BPFs) o de elaboración: Qué son. Componentes fundamentales. Vigilancia o monitorización de las BPFs.

43.– Legislación sanitaria de alimentos: Clasificación de las disposiciones legales. Directivas verticales y horizontales. Directiva de Higiene de los Alimentos.

44.– Epidemiología de las principales zoonosis: brucelosis, listeriosis, enfermedad por priones. Evolución y situación actual en la CAPV.

45.– Materiales Específicos de Riesgo MER. ¿Qué son?. Condiciones que debe reunir su eliminación. Medidas a tomar según procedencia de los animales vivos o de los productos cárnicos.

46.– La inspección en el Control Oficial de alimentos: Sistemas de inspección y principales características de la inspección oficial. Tipos de inspección. Levantamiento de actas de inspección y datos mínimos que deben recogerse en estas actas. Toma de muestras y su metodología.

47.– Registro General Sanitario de Alimentos (RGSA): Qué es y establecimientos que deben estar registrados. Principales claves, categorías y actividades del RGSA. Tramitación de expedientes de inscripción.

48.– Etiquetado de alimentos: Datos que debe incluir el etiquetado de alimentos. Legislación específica.

49.– Restauración colectiva: Principales factores de riesgo de los alimentos elaborados en estos establecimientos. Aspectos fundamentales a tener en cuenta en el control oficial, tanto en instalaciones como en prácticas de manipulación.

50.– Problemática en situaciones de emergencias ambientales, alimentarias o epidémicas.


Análisis documental