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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 96, lunes 24 de mayo de 1999


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Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
2225

DECRETO 211/1999, de 11 de mayo, sobre autorización de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital de la Sociedad Anónima «Euskaltel, S.A."

La Sociedad «Euskaltel, S. A." es una empresa que tiene por objeto la gestión, explotación, comercialización y distribución de servicios y redes de telecomunicaciones, con el proyecto de configurarse en operador integral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Consejo de Administración de la sociedad, en su reunión de fecha 23 de marzo de 1999, ha acordado proponer a la Junta General de Accionistas para su aprobación una ampliación de capital hasta fijar el mismo en la cantidad de veintitrés mil cuatrocientas sesenta millones cuatrocientas veintiséis mil (23.460.426.000) pesetas, estimándose adecuado acudir a la citada ampliación mediante la aportación de 133.812.780 PTA, fijándose el porcentaje de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el capital social del 3%.

El artículo 44.1, de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que la creación de Sociedades de cualquier clase, así como la adquisición de participaciones en las mismas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, será autorizada por Decreto del Gobierno a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la empresa vaya a depender administrativamente, pudiendo acordar la aportación de metálico y bienes de dominio privado, cualquiera que sea su valor.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de mayo de 1999,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad «Euskaltel, S. A.", con una aportación por parte de aquélla de ciento treinta y tres millones ochocientas doce mil setecientas ochenta (133.812.780) pesetas. Una vez efectuada la ampliación, el capital social se fijará en 23.460.426.000 PTA, y el porcentaje de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el capital de la sociedad será del 3%.

Artículo 2.– Autorizar al Director de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Administración Pública, en nombre de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para materializar los desembolsos y aportaciones necesarias para la suscripción y cobertura del importe de las acciones correspondientes, y para el ejercicio de las demás actuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de mayo de 1999.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN.


Análisis documental