
N.º 179, lunes 21 de septiembre de 1998
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Autoridades y Personal
Diputación Foral de Gipuzkoa
4182
ANUNCIO de la Convocatoria para la provisión, mediante libre designación, del puesto de Director de Arteleku.
El Consejo de Diputados, en su reunión de 8 de septiembre de 1998, adoptó el siguiente acuerdo:
En el Departamento de Cultura y Euskera se encuentra vacante en la actualidad el puesto de libre designación de Director de Arteleku. En su virtud, a propuesta conjunta de los titulares del los Departamentos de Presidencia y de Cultura y Euskera, el Consejo de Diputados
ACUERDA:
Primero.– Autorizar la convocatoria pública para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Director de Arteleku.
Segundo.– Aprobar las bases de la correspondiente convocatoria en los términos recogidos en el Anexo al presente Acuerdo.
Este Acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer contra él Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en Bilbao, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que se estime pertinente.
Lo que se publica para general conocimiento.
Donostia-San Sebastián, a 8 de septiembre de 1998.
El Secretario Técnico del Departamento,
JORGE BALERDI.
CONVOCATORIA PARA LA
PROVISIÓN MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN
DEL PUESTO DE:
«DIRECTOR DE ARTELEKU» - Ref.: B98/L04
BASES
Primera.– Objeto de la convocatoria:
De conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 6/1989 de 6 de julio de la Función Pública Vasca modificada por la Ley 16/1997 de 7 de noviembre, se anuncia convocatoria pública para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo, cuyas características a continuación se citan: • Denominación: Director de Arteleku. Código 1000.331 en la relación de puestos de trabajo.
• Nivel: 22, con régimen de dedicación especial.
• Euskera: Perfil Lingüístico 3, con fecha de preceptividad vencida al 31/12/1992.
Segunda.– Requisitos mínimos:
– Tener la condición de funcionario de carrera al servicio de la Diputación Foral de Gipuzkoa o de cualquier otra de las restantes Administraciones Públicas, y estar encuadrado en el Grupo de clasificación «A» o «B».
– Estar en posesión, o haber abonado los derechos para obtener el título de Grado Superior de: Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o el título de Grado Medio de: Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, FP-3 o equivalente.
Tercera.– Presentación de instancias: Los interesados deberán dirigir sus solicitudes al Ilmo. Sr. Diputado Foral de Presidencia y las presentarán en el Registro del Departamento de Presidencia o en cualquiera de las formas establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco, expresando la concurrencia de los requisitos mínimos exigidos, así como cuantos méritos estimen oportuno alegar, que en todo caso deberán ser suficientemente justificados.
Cuarta.– Resolución:
La resolución de la convocatoria corresponderá al Consejo de Diputados, conforme a lo previsto en el artículo 5.20.b) de la Norma Foral 3/1984, de 30 de mayo, sobre Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa, a propuesta conjunta de los Diputados Forales titulares de los Departamentos de Presidencia y de Cultura y Euskera, pudiendo, no obstante, ser declarada desierta.
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