
N.º 165, martes 1 de septiembre de 1998
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Autoridades y Personal
Ayuntamiento de Azpeitia
3933
ANUNCIO relativo a la convocatoria de libre designación del puesto de técnico de normalización lingüística del Patronato Municipal de Euskera.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión Plenaria celebrado el día 22 de julio de 1998, acordó la creación y la provisión de la plaza de técnico de Normalización Lingüística adscrito al Patronato Municipal «Azpeitiko Euskera Patronatua».
Se expone al público en el plazo de 15 días contados a partir del siguiente al de inserción en el Boletín Oficial del País Vasco para que cualquiera que cumpla las condiciones que se establecen en las bases para la provisión del puesto pueda tomar parte en la convocatoria de selección.
BASES PARA LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE EUSKERA «AZPEITIKO EUSKARA PATRONATUA» DE AZPEITIA
Primera.– Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de técnico de normalización lingüística del Patronato Municipal de Euskera «Azpeitiko Euskara Patronatua» de Azpeitia.
Las funciones del puesto son:
Bajo la supervisión de su inmediato superior diseñará y dirigirá los planes y programas para el seguimiento y cumplimiento de la Ley de Normalización del Uso del Euskera y efectuará el seguimiento de estos planes y programas, para contribuir al cumplimiento de la legislación lingüística vigente y, en general, promocionar el status del Euskera y su uso en todos los ámbitos de Azpeitia.
Como jefe de servicio tendrá las siguientes funciones:
a) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Junta Rectora.
b) Dirigir e inspeccionar los Servicios.
c) Coordinar los distintos Servicios que integran el Patronato.
d) La gestión y coordinación del personal adscrito a los diferentes Servicios del Patronato.
e) Ordenar todos los pagos que tengan consignación expresa en los Presupuestos.
f) Asistir a las Sesiones de la Junta Rectora con voz y sin voto; y
g) Las demás que la Junta Rectora le confiera.
Como técnico de normalización lingüística realizará las siguientes tareas:
a) Analizar y estudiar los distintos modelos y experiencias en comunidades bilingües en relación a la lengua tanto de servicio al ciudadano como de trabajo.
b) Formular propuestas adecuadas al marco normativo, al área de actuación de que se trate y a la realidad sociolingüística de Azpeitia.
c) Determinar los contenidos que debe reunir cada Plan de Fomento de Uso del Euskera y las condiciones mínimas que deben concurrir para la implementación del mismo.
d) Coordinar las diversas acciones de normalización lingüística llevadas a cabo por instituciones, entidades y particulares que actúan en este campo de normalización lingüística.
e) Colaborar y asesorar aquellas entidades públicas y asociaciones en materia de normalización lingüística.
f) Realizar el seguimiento y evaluación de los distintos planes vigentes para el fomento del uso del euskera.
g) Fijar los perfiles lingüísticos del personal al servicio del Ayuntamiento de Azpeitia, asesorar sobre tal cuestión a empresas y asociaciones y efectuar su correspondiente seguimiento.
h) Proponer el tipo de formación lingüística referido en cada caso, así como los criterios y prioridades de acceso para el disfrute de la formación.
i) Proponer las medidas para bilingualizar paulatinamente las relaciones tanto internas como externas (correspondencia, publicaciones, señalización y rotulación) de la Administración, de las empresas y asociaciones señaladas.
j) Colaborar con los ayuntamientos y Entidades Locales para la realización de programas municipales de promoción, enseñanza y utilización del Euskera.
k) Colaborar en el desarrollo de aquellas actividades que impulsen el uso del euskera en el termino Municipal de Azpeitia.
l) Ofrecer el asesoramiento técnico y pedagógico relacionado con el proceso de normalización del uso del Euskera.
m) Coordinar los trabajos de traducción del o al euskera para la normal actuación administrativa de Ayuntamiento de Azpeitia.
n) Colaboración de los tribunales calificadores de los procesos selectivos en lo relativo a pruebas de acreditación de conocimientos de euskera.
o) Desarrollar el plan anual de actuación de normalización lingüística y presentarlo en la Junta Rectora para su aprobación. Así como realizar una memoria anual de cumplimiento de objetivos presentándola asimismo ante la Junta Rectora.
Segunda.– Requisitos.
1.– Podrán tomar parte en la presente convocatoria los funcionarios y laborales fijos de las Administraciones públicas Vascas pertenecientes al grupo A de titulación.
2.– Los participantes deberán acreditar el cumplimiento del perfil lingüístico 4.
Tercera.– Instancias.
Los interesados deberán presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento de Azpeitia en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
En dicha solicitud, los interesados deberán hacer constar, además de los datos personales, un curriculum en que se haga constar:
A) Títulos Académicos.
B) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en al Administración Pública como en la Empresa privada.
C) Estudios y cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno manifestar.
A la citada solicitud deberán los aspirantes acompañar la documentación justificativa de los requisitos exigidos y de los méritos alegados.
Asimismo podrán los aspirante acompañar cuantas certificaciones y documentos estimen oportuno.
Cuarta.– Lista de Admitidos.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Azpeitia procederá a publicar la lista de admitidos y excluidos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Azpeitia, abriéndose un plazo de tres días para la subsanación de los errores en que se hubiera podido incurrir.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera presentado reclamación alguna. La citada lista quedará automáticamente elevada a definitiva.
Quinta.– Resolución.
Vistos los méritos alegados por los aspirantes, el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Azpeitia adjudicará el puesto, y previo informe motivado de la Comisión de Cultura, y siempre que la persona propuesta haya aportado la acreditación prevista en al Base segunda de la convocatoria mediante certificado del IVAP, o en su defecto obtenga el perfil exigido en dicha base, en cuyo caso participará en la realización de las pruebas de acreditación un representante del IVAP.
En todo caso podrá declararse desierta la convocatoria por falta de idoneidad de los aspirantes.
La adjudicación se realizará mediante decreto de Alcaldía.
Sexta.– Impugnación.
Estas Bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de los mismos, podrán ser impugnados en los casos y forma establecida en al Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Azpeitia, a 27 de julio de 1998.
EL ALCALDE PRESIDENTE.
RSS