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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 132, miércoles 15 de julio de 1998


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Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
3260

DECRETO 130/1998, de 30 de junio, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Pública "Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A." y se modifican sus Estatutos.

Mediante Decreto n.° 105/1982, de 24 de mayo, se acordó la creación de la Sociedad Pública «Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A.» y se aprobaron sus Estatutos.

La citada Sociedad Pública se constituyó con el objeto inicial de explotar el servicio público de transporte por ferrocarril y por carretera de personas y mercancías en las líneas transferidas a la Comunidad Autónoma de Euskadi por Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto, y Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, así como aquéllas otras que en el futuro se le encomendasen; recientemente se ha ampliado dicho objeto social en los términos que constan en el artículo 1.º del Decreto 56/1994, de 25 de enero, y en el artículo 3.º de los Estatutos de la Sociedad.

Para dar debido cumplimiento a dicho objeto social, el Consejo de Administración de la citada Sociedad Pública, en su sesión del día 30 de marzo de 1998, elevó a la Junta General de Accionistas, conforme al art. 9.1 del mencionado Decreto 105/1982, la propuesta relativa a la segunda ampliación de capital para 1998 por un importe de siete millones quinientas mil (7.500.000) pesetas.

De conformidad con lo precedente, en su reunión del día 30 de junio de 1998, la Junta General de Accionistas de la Sociedad Pública «Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A.» acordó ampliar el capital social, fijado actualmente en veinticinco mil trescientos dos millones sesenta y dos mil quinientas (25.302.062.500) pesetas, totalmente suscrito por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como única socia, representado por medio de títulos nominativos emitidos en dos series, A y B, de los cuales, la serie A está compuesta por dos millones novecientas veinte mil doscientas setenta y cinco (2.920.275) acciones, por un nominal de siete mil quinientas (7.500) pesetas cada una de ellas y numeradas correlativamente de la una (1) a la dos millones novecientas veinte mil doscientas setenta y cinco (2.920.275), ambas inclusive, íntegramente suscritas y totalmente desembolsadas, y la serie B está compuesta por trescientas cuarenta mil (340.000) acciones, por un nominal de diez mil (10.000) pesetas cada una de ellas y numeradas correlativamente de la una (1) a la trescientas cuarenta mil (340.000), ambas inclusive, íntegramente suscritas y totalmente desembolsadas, sea ampliado en la suma de siete millones quinientas mil (7.500.000) pesetas mediante la emisión de mil (1.000) acciones nominativas de serie A de siete mil quinientas (7.500) pesetas de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la dos millones novecientas veinte mil doscientas setenta y seis (2.920.276) a la dos millones novecientas veintiuna mil doscientas setenta y cinco (2.921.275), ambas inclusive, libres de todo gasto e impuesto de emisión, con una prima de emisión por cada nueva acción de tres millones cuatrocientas sesenta y siete mil setecientas cuarenta y nueve (3.467.749) pesetas. Las acciones de nueva emisión participarán de iguales derechos y obligaciones que las anteriores.

La Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, establece en su artículo 44 que la adquisición de participaciones en las Sociedades Públicas por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y del Departamento del que la Sociedad dependa administrativamente.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Transportes y Obras Públicas, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 30 de junio de 1998,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar la suscripción, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ejercicio de sus derechos de socia única, de mil (1.000) acciones nominativas de serie A de siete mil quinientas (7.500) pesetas de valor nominal cada una de ellas, emitidas por la Sociedad Pública «Eusko Trenbideak/Ferrocarriles Vascos, S.A.», y numeradas correlativamente de la dos millones novecientas veinte mil doscientas setenta y seis (2.920.276) a la dos millones novecientas veintiuna mil doscientas setenta y cinco (2.921.275), ambas inclusive, libres de todo gasto e impuesto de emisión, con una prima de emisión por cada nueva acción de tres millones cuatrocientas sesenta y siete mil setecientas cuarenta y nueve (3.467.749) pesetas. Las acciones de nueva emisión participarán de iguales derechos y obligaciones que las anteriores.

Artículo 2.– Se modifica el artículo quinto de los Estatutos sociales de la citada Sociedad Pública, que adoptará la siguiente redacción:

«Artículo 5. Capital.

El capital social se fija en veinticinco mil trescientos nueve millones quinientas sesenta y dos mil quinientas (25.309.562.500) pesetas, representado por medio de títulos emitidos en dos series, A y B, de los cuales, la serie A está compuesta por dos millones novecientas veintiuna mil doscientas setenta y cinco (2.921.275) acciones nominativas de siete mil quinientas (7.500) pesetas de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la una a la dos millones novecientas veintiuna mil doscientas setenta y cinco, ambas inclusive, íntegramente suscritas y totalmente desembolsadas.

La serie B está compuesta por trescientas cuarenta mil (340.000) acciones nominativas de diez mil (10.000) pesetas de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la una a la trescientas cuarenta mil, ambas inclusive, íntegramente suscritas y desembolsadas».

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 30 de junio de 1998.

El Lehendakari,

JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Transportes y Obras Públicas,

JOSÉ ANTONIO MATURANA PLAZA.


Análisis documental